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El Ministerio de Justicia agiliza la expedición de certificados con uso de internet

El Ministerio de Justicia ha dado un paso más en la modernización y agilización de los servicios públicos que prestan los registro civiles. Los ciudadanos pueden solicitar ya a estos organismos las certificaciones de nacimiento, matrimonio y correo electrónico que precisen por vía telemática, con uso de internet y el correo electrónico, evitando numerosos desplazamientos y trámites presenciales.

El efecto práctico e inmediato de esta medida es que se reducen así los desplazamientos físicos que obligatoriamente un ciudadano tenía que realizar a un registro cada vez que solicitaba un certificado. Hasta ahora, cuando alguien quería un documento de un registro civil, primero acudía a solicitar un formulario, luego a presentarlo cumplimentado y por último a recoger el certificado solicitado.

A partir de ahora, con la nueva normativa aprobada por el Ministerio de Justicia, se suprimen estos trámites, ya que el interesado podrá cumplimentar los datos imprescindibles y remitirlo finalmente de forma directa a la cuenta de correo electrónico de uno de los 20 registros civiles que se encuentran ya informatizados. El proyecto del Ministerio de Justicia es ir ampliando este novedoso servicio conforme se vaya completando la informatización del resto de los registros.

La solicitud será tramitada por el registro correspondiente que pondrá a disposición del ciudadano el certificado solicitado para que éste lo vaya a recoger o, si éste lo prefiere, se le enviará por correo ordinario.

Para conseguir estos objetivos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha dictado una Instrucción dirigida a todos los Jueces y Magistrados encargados de los Registros civiles informatizados definiendo las reglas que habrán de regir este nuevo procedimiento. En esta Instrucción se trata también de garantizar el uso de las nueva tecnologías de las comunicaciones no afecte a las actuales niveles de seguridad jurídica y de protección de la intimidad personal y familiar de las personas inscritas, garantizando la protección de los datos sensibles que afecten a tales ámbitos, sin alterar los requisitos exigidos para la normativa del Registro Civil.


Más información en: http://www.mju.es/

 

 

sábado mayo 24, 2014


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