El Ministerio de Justicia ha dado un
paso más en la modernización y agilización de los servicios
públicos que prestan los registro civiles. Los ciudadanos
pueden solicitar ya a estos organismos las certificaciones de
nacimiento, matrimonio y correo electrónico que precisen por
vía telemática, con uso de internet y el correo electrónico,
evitando numerosos desplazamientos y trámites presenciales.
El efecto práctico e inmediato de esta medida es que se
reducen así los desplazamientos físicos que obligatoriamente
un ciudadano tenía que realizar a un registro cada vez que
solicitaba un certificado. Hasta ahora, cuando alguien quería
un documento de un registro civil, primero acudía a solicitar
un formulario, luego a presentarlo cumplimentado y por último
a recoger el certificado solicitado.
A partir de ahora, con la nueva normativa aprobada por el
Ministerio de Justicia, se suprimen estos trámites, ya que el
interesado podrá cumplimentar los datos imprescindibles y
remitirlo finalmente de forma directa a la cuenta de correo
electrónico de uno de los 20 registros civiles que se
encuentran ya informatizados. El proyecto del Ministerio de
Justicia es ir ampliando este novedoso servicio conforme se
vaya completando la informatización del resto de los
registros.
La solicitud será tramitada por el registro correspondiente
que pondrá a disposición del ciudadano el certificado
solicitado para que éste lo vaya a recoger o, si éste lo
prefiere, se le enviará por correo ordinario.
Para conseguir estos objetivos, la Dirección General de los
Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de
Justicia, ha dictado una Instrucción dirigida a todos los
Jueces y Magistrados encargados de los Registros civiles
informatizados definiendo las reglas que habrán de regir este
nuevo procedimiento. En esta Instrucción se trata también de
garantizar el uso de las nueva tecnologías de las
comunicaciones no afecte a las actuales niveles de seguridad
jurídica y de protección de la intimidad personal y familiar
de las personas inscritas, garantizando la protección de los
datos sensibles que afecten a tales ámbitos, sin alterar los
requisitos exigidos para la normativa del Registro Civil.
Más información en: http://www.mju.es/
sábado mayo 24, 2014 |