La Sección Séptima de la Sala Tercera de
lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo decidió hoy
desestimar la petición de CC.OO. y UGT de suspender
cautelarmente los servicios mínimos decretados por el Consejo
de Ministros en RTVE, televisiones y radios privadas, y
Salvamento Marítimo, informaron a Europa Press en fuentes
sindicales.
Dos de los seis magistrados de la Sala, reunida con carácter
de urgencia desde las 10.00 horas, han emitido un voto
particular en lo referente a radiodifusión sonora y
televisión.
El Supremo admitió ayer los recursos presentados por los
sindicatos, en los que adjuntaban su petición de suspender
cautelarmante los servicios mínimos impuestos desde el
Ejecutivo al encontrarlos "abusivos".
El rechazo de la Sala a esta solicitud, que avala los mínimos
fijados por el Ejecutivo, no impide que estos recursos
prosigan su trámite habitual, según indicaron las mismas
fuentes. La decisión del Supremo ha sido comunicada
verbalmente a los representantes sindicales, que no conocerán
el contenido del fallo hasta mañana.
La decisión del Supremo se produce un día después de que el
Tribunal Superior de Justicia de Valencia declarara la
suspensión cautelar de los servicios mínimos decretados por el
Gobierno de Eduardo Zaplana.
CC.OO. y UGT han dejado claro que recurrirán "todos los
decretos y órdenes ministeriales" que contemplen unos
servicios mínimos abusivos, de los que no garantizan su
cumplimiento. En concreto, sólo se comprometen a respetar los
que hayan sido fruto de un pacto con las organizaciones
sindicales.
De momento, han recurrido también ante la sala de lo
contencioso de la Audiencia Nacional los servicios mínimos
decretados por el Gobierno en el área de seguridad privada y
en el Boletín Oficial del Estado (BOE), así como la Orden
Ministerial de Fomento en la que se determinan los mínimos del
transporte y la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología
sobre los mínimos establecidos en empresas de
telecomunicaciones
sábado mayo 24, 2014 |