La Agencia de Protección de Datos (APD) ha observado en una
inspección sectorial de oficio que al ciudadano no se le
informa de manera completa a la hora de recabar sus datos
personales a través de Internet, llamadas a líneas 906,
mensajes cortos SMS o correo postal, cuando participan en
procesos de selección 'casting' o en concursos, juegos y
sorteos de televisión.
En un comunicado, este organismo señala que en algunos casos
el telespectador que realiza su llamada telefónica puede
sentirse indefenso al no tener conocimiento de los
destinatarios concretos de los datos que facilita ni de la
finalidad con que podrían ser tratados al margen de lo que la
ha justificado.
Esta inspección, resultado de un compromiso adquirido por el
director de la APD, Juan Manuel Fernández López, durante su
comparecencia en la Ponencia del Senado que estudia los
derechos de los concursantes, ha supuesto el análisis de un
total de 19 entidades.
Entre ellas, hay cinco compañías que prestan el servicio
público de televisión, tres de ellas con ámbito nacional
titulares de concesiones administrativas (privadas) y las
otras dos dependientes de entidades con naturaleza jurídida
pública (una nacional y otra de ámbito autonómico).
También se visitaron cuatro productoras de programas
televisivos, cinco compañías especializadas en servicios de
valor añadido (audiotex y recepción de SMS) y otras tres que
prestan servicios diversos.
INFORMACIÓN PREVIA
Ante esta situación, la APD recomienda a quienes se les
soliciten datos personales exigir que sean previamente
informados de modo expreso, preciso e inequívoco, tanto de la
existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter
personal, como del carácter obligatorio o facultativo de su
respuesta a las preguntas que le sean planteadas, así como de
las consecuencias de la obtención de los datos o de la
negativa a suministrarlos.
Asimismo, exige que reciban información sobre su posibilidad
de ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición, así como de la identidad y dirección
del responsable del tratamiento o, en su caso, de su
representante.
Toda esta información deberá ser recibida con carácter previo,
independientemente de la vía a través de la que se recaban los
datos personas. También advierte de que el tratamiento de los
datos de carácter personal requerirán el consentimiento
inequívoco del afectado.
A través de esta inspección, se ha constatado que una de las
principales días de obtención de datos personas relativos a la
audiencia de televisión son las líneas telefónicas 906.
Además, apunta que si en el caso de los SMS basta con un
número telefónico de contacto para localizar al ganador del
sorteo, también sería suficiente este dato para localizarlo
entre los que realizan la llamada al 906. Sin embargo, en
estos casos se recaban muchos más datos (nombre, DNI,
apellidos, edad o población e incluso otros).
En opinión, de la APD el objetivo es una mayor duración de la
llamada, un mayor importe económico y, en consecuencia, un
mayor ingresos.
INTERESES ECONÓMICOS
En cuanto a los 'casting', que también se realizan en
ocasiones a través del 906, se ha detectado que en algún caso
el establecimiento de la línea telefónica puede responder a un
interés promocional o incluso económico. Otra práctica común
en el sector de audiotex es que se comparte el tráfico de
llamadas en situaciones de congestión de la red telefónica,
ocasionando a veces que los interesados crean que están
facilitando sus datos a una televisión cuando lo están
recibiendo compañías que no están vinculadas con ella.
Por otro lado, señala en la recogida de datos tanto para un 'casting'
como para un concurso se realiza a través de SMS, el
participante no recibe en ningún caso la información sobre
protección de datos. "Es quizá en estos servicios donde la
desinformación tenga mayor trascendencia, pues en este caso se
difumina la responsabilidad de las productoras o de las
televisiones", añade.
En el caso de Internet, la APD ha verificado que tampoco
siempre se suministra la mencionada información, a pesar de
que esta vía es la que más posibilidades ofrece y la que
resulta menos onerosa para el usuario.
Finalmente, aunque no han detectado que se recaben datos
considerados 'especialmente protegidos' (afiliación sindical,
religión, creencias, origen racial, salud y vida sexual),
tiene constancia de que en el 'casting' de determinados
concursos se recaba información a cerca de la vida sexual de
los aspiantes. Asimismo, participan profesionales que obtienen
perfiles de personalidad y valoraciones sociopatológicas de
los aspirantes, que deberían obtener el consentimiento expreso
del participante.
La APD ha iniciado un procedimiento sancionador contra una
compañía de mercadotecnia, como consecuencia de la denuncia
presentada por un concursante de un programa de televisión, al
haberse obtenido eviddencia de que la productora del programa
le había vendido a aquella las cartas recibidas con datos de
personas interesadas en concursar en otro programa.
sábado mayo 24, 2014 |