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Periodistadigital.com recaba apoyos para pedir al Defensor del Pueblo que recurra la LSSI ante el TC

Periodistadigital.com ha puesto en marcha una campaña 'online' para recabar apoyos favorables a que el Defensor del Pueblo presente un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), al considerar que ésta supone una "amenaza letal" para la libertad de prensa en España.

Agencias - En opinión del portal, la conocida como Ley de Internet incluye artículos que resultan "leyes en blanco" al permitir una aplicación "totalmente arbitraria". A su juicio, la normativa parece diseñada para proteger los "intereses de los grandes grupos de comunicaciones" e impedir el "nacimiento, desarrollo y supervivencia" de cualquier forma de periodismo que no se ajuste al "pensamiento único".

Para Periodistadigital.com la LSSI "no es constitucional" y, por ello, han puesto en su web esta iniciativa bajo el nombre de 'Campaña en favor de la liberta de expresión y en contra de la Ley de Internet del Gobierno de Aznar'.

No obstante, el Defensor del Pueblo desestimó en una resolución del pasado día 3 de octubre presentar un recurso de inconstitucionalidad frente a la Ley pese a haber recibido numerosas peticiones en este sentido, tal como recordó hoy en un comunicado la Asociación de Internautas (AI).

NO ÓRGANICA

En su resolución, el Defensor del Pueblo rechaza recurrir la LSSI al considerar que su objeto de regulación "no constituye materia reservada a Ley Orgánica" según el artículo 81 de la Constitución pañola y la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional, en contra de lo que habían alegado los detractores a la Ley de Internet.

En cuanto a una posible vulneración por parte de la LSSI del artículo 20 de la Constitución --referente a la libertad de información y de expresión--, en su parte en la que prohíbe comunicaciones comerciales no solicitadas, el Defensor del Pueblo recordó el carácter "no absoluto o ilimitado de los derechos fundamentales".

Asimismo, señala que esta alegación "carece de fundamento" en cuanto --aludiendo al artículo 29.2 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre así como varias sentencias del Tribuanl Constitucional-- los límites al ejercicio de la libertad de información pretenden la protección de otros derechos o bienes constitucionales, y se exigen las debidas garantías para la adopción de los límites.

También rechaza cualquier consideración posible en torno a que la LSSI suponga una vulneración a la intimidad y el secreto de las comunicaciones. A este respecto, el Defensor del Pueblo reitera la inexistencia de derechos absolutos y la necesidad de búsqueda del equilibrio entre los derechos individuales y el interés general que se debe proteger, considerando que su "irrenunciabilidad en abstracto es compatible con las intromisiones que su titular autorice o las establecidas por ley




 

 

sábado mayo 24, 2014


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