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Directiva  europea  obligará al Gobierno español a modificar la LSSI

Por Carlos Sánchez Almeida y Javier Maestre Rodríguez, abogados.


La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, que entró en vigor el pasado día 12 de octubre, deberá ser modificada en breve, como consecuencia de la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas). Ello afecta fundamentalmente a la regulación que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) establece en el ámbito de las comunicaciones comerciales no solicitadas remitidas por vía electrónica, conocidas popularmente como spam.

El artículo 21 de la LSSICE prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas, estableciéndose sanciones que pueden llegar hasta los 150.000 euros en caso de incumplimiento de dicha prohibición. Asimismo, el artículo 22 de la LSSICE dispone que si el destinatario de servicios debiera facilitar su dirección de correo electrónico durante el proceso de contratación o de suscripción a algún servicio y el prestador pretendiera utilizarla posteriormente para el envío de comunicaciones comerciales, deberá poner en conocimiento de su cliente esa intención y solicitar su consentimiento para la recepción de dichas comunicaciones, antes de finalizar el procedimiento de contratación. Tal consentimiento, que la ley exige sea prestado de forma expresa, puede ser revocado en cualquier momento.

Como se deduce del actual texto legal, la vigente normativa no permite a las empresas la remisión de publicidad por vía electrónica sin consentimiento expreso, ni tan siquiera a los clientes habituales de las mismas, a diferencia de lo que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que sí permite la remisión de publicidad por correo ordinario, siempre y cuando exista un consentimiento tácito por parte del cliente, por no haber formulado oposición a tal posibilidad.

Pues bien, la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, aprobada el mismo día que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico era publicada en el Boletín Oficial del Estado, regula las comunicaciones comerciales por vía electrónica en un sentido contrario a la vigente LSSICE. El artículo 13 de la Directiva dispone que cuando una persona física o jurídica obtenga de sus clientes la dirección de correo electrónico, en el contexto de la venta de un producto o de un servicio, esa misma persona física o jurídica podrá utilizar dichas señas electrónicas para la venta directa de sus propios productos o servicios de características similares, a condición de que se ofrezca con absoluta claridad a los clientes, sin cargo alguno y de manera sencilla, la posibilidad de oponerse a dicha utilización de las señas electrónicas en el momento en que se recojan las mismas y, en caso de que el cliente no haya rechazado inicialmente su utilización, cada vez que reciban un mensaje ulterior.

De conformidad con el artículo 17 de la Directiva 2002/58/CE, el Estado Español debe incorporar la nueva regulación a su derecho interno, antes del 31 de octubre de 2003. Ello puede suponer una situación de inseguridad jurídica para las empresas españolas, dado que hasta la indicada fecha, podrían ser objeto de sanción por el envío de e-mails publicitarios a sus propios clientes. Una conducta lícita para la Unión Europea, pero que está prohibida en España en tanto en cuanto no sea modificada la LSSICE.

Carlos Sánchez Almeida y Javier Maestre Rodríguez son autores del libro "La Ley de Internet, Régimen Jurídico de los Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico", publicado por Ediciones Servidoc.

Links:

Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002

Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE)

 

 

 

sábado mayo 24, 2014


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