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LSSI:  Autónomos y páginas personales exentos de registrar su nombre de dominio

Primeras aclaraciones del Ministerio de Ciencia y Tecnología a la LSSI 

En contestación a la solicitud de aclaración de la Asociación de Usuarios de Internet, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante escrito del Director General del Gabinete del Ministro, ha resuelto no ampliar la obligación de registro del nombre de dominio a los autónomos no titulados y, en general, a todas aquellas personas físicas o jurídicas que no precisen este trámite en su actividad diaria. 

La pregunta se planteó ante las dudas recibidas en la Asociación sobre cómo cumplir con la obligación de registro de dominio que plantea la ley en el Artículo 9 de la LSSI. 

La respuesta recibida aclara que esta obligación sólo afecta a las personas físicas y jurídicas que ya estuvieran inscritas en el Registro Mercantil o en cualquier otro Registro público antes de la entrada en vigor de la Ley, o a aquéllas que, en lo sucesivo, deban realizar este trámite de forma obligatoria para adquirir personalidad jurídica o iniciar legalmente sus actividades. 

De este modo, los Prestadores de Servicio de la Sociedad de la Información que sean autónomos no titulados, simples usuarios de Internet que dispongan de página web o cualquier otra entidad que no precise de inscripción en registro alguno para ejercer sus actividades comerciales o de otra índole, no tendrán por qué cumplir con la obligación de registro de su nombre de dominio del A.9 de la LSSI, aunque desarrollen actividades económicas a través de Internet. 

No obstante, sí estarán sujetos al resto de obligaciones que establece la Ley, como el deber de información general del A.10. La inscripción en el Registro Mercantil del nombre de dominio sólo se aplicará, por tanto, para los mismos casos en que es preceptiva el registro para desarrollar la actividad: empresarios individuales, sociedades mercantiles y civiles, entidades de crédito, instituciones de inversión colectiva, Cajas de Ahorros, Fondos de Pensiones, sucursales y entidades que muevan al año más de 60.000 euros.

"La Asociación de Usuarios de Internet (AUI) sigue recibiendo numerosas preguntas relacionadas con la LSSI-CE, por lo que es urgente que se publique de forma oficial todas las aclaraciones que se van realizando de forma individual lo cual evitara interpretaciones erróneas de la misma", concluyó Miguel Pérez Subías, presidente de la AUI al conocer esta respuesta.




 

sábado mayo 24, 2014


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