La Sociedad General de Autores y Editores ha conseguido coartar la
libertad de expresión en Internet al lograr que el Centro de Arbitraje y
Mediación de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) cancele el
dominio www.putasgae.com por criticar a la gestora de derechos de autor.
Agencias -El dueño de la dirección se registró con la denominación
“Realmente Cabreados con la SGAE” con un domicilio ficticio en Tanganika. En la
página web se vertían críticas contra la SGAE, según la OMPI, con “mala fe”.
En su demanda, presentada el pasado 15 de octubre, la SGAE argumentaba la
titularidad de varias marcas registradas entre 1997 y 2001 con los vocablos
"SGAE" o "SGAE Sociedad General de Autores y Editores" --así como de los
dominios “www.sgae.es” y “www.sgae.com”--, siglas que se corresponden con la
entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual que desarrolla "su
actividad de forma notoria en la vida cultural española e internacional".
La SGAE se ha sentido molesta por los
contenidos de www.putasgae.com porque eran “actos de denigración”, ya que en sus
páginas "se ataca y ridiculiza la actividad que desarrolla SGAE, teniendo por
objeto la vida privada y demás circunstancias estrictamente personales de
diversos miembros" de la entidad.
La SGAE también entendía que el dominio “www.putasgae.com” es de una "identidad
o similitud suficientemente similar hasta el punto de crear confusión" respecto
a sus marcas, lo que produce "un riesgo de asociación que induce al consumidor a
error" y "lesiona" los intereses de la sociedad, a lo que añade el "carácter
peyorativo" de la palabra "puta" en la lengua española.
Otros argumentos de la entidad de gestión fueron los resultados que la palabra
"SGAE" arrojaba en los motores de búsqueda y que la página principal de
“www.putasgae.com” reproduce la página de inicio del web de la SGAE, "de forma
que el internauta puede creer que se encuentra en la página web oficial" de la
sociedad y se pretende desviar tráfico al dominio en litigio.
La decisión de la OMPI pone fuera de la red a una página critica utilizando para
ello un mecanismo para evitar usurpaciones fraudulentas de nombres de dominios y
que en ningún momento fue pensado para coartar la libertad de expresión, aunque
tenga un nombre soez y de mal gusto.
"Política uniforme de solución de disputas sobre nombres de dominios de la ICANN"
Argumentos exigibles para la aceptación de una demanda por conflicto de nombre
de dominio.
http://www.icann.org/udrp/udrp-policy-24oct99.htm
Decision de la OMPI sobre putasgae.com
http://arbiter.wipo.int/domains/decisions/html/2002/d2002-0953.html
sábado mayo 24, 2014