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Diez propuestas urgentes para asegurar las
libertades civiles en la Sociedad de la Información |
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No a los registros específicos para Internet
Eliminación de cualquier registro gubernamental específico para realizar
actividades de cualquier tipo en Internet.
No a la censura de DNS
Prohibición legal de la censura de contenidos mediante el bloqueo de DNS. Si un
sitio web realiza actividades ilegales, debe ser cerrado legalmente si está en
España, o solicitarse la colaboración internacional si es preciso, pero en
ningún caso se debe restringir el acceso en España a ningún sitio que esté
disponible para el resto del mundo.
Aseguremos la libertad de información
Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil como ha recomendado el Defensor del
Pueblo, en casos vinculados a libertad de expresión. Las sentencias, en este
tipo de casos, no deberán ser ejecutadas hasta que sea firme por la instancia
judicial más alta a la que llegue el caso.
No al canon
Reforma de la LPI que impida la existencia de cualquier tipo de canon exigible
por las entidades gestoras de derechos sobre medios de almacenamiento
electrónico de información (CD, DVD, discos duros y otros que puedan surgir) o
dispositivos y líneas de acceso a la red (modems, ADSL, etc).
Libertad para promocionar creaciones
Eliminación del Derecho de comunicación pública o derechos económicos similares
para la difusión de contenidos de cualquier tipo sin ánimo de lucro directo en
Internet.
Libertad para compartir
Legalización explícita de la libertad para compartir sin ánimo de lucro directo
todo tipo de contenidos, ya sea por préstamo directo y físico, a través de redes
P2P u otros posibles medios de intercambio.
Libertad para dar licencias libres a las propias creaciones
Reconocimiento legal de las licencias libres tanto para software como para
traducciones, ediciones, creaciones científicas, literarias, periodísticas y
artísticas de todo tipo e imposibilidad legal de las entidades de gestión
colectiva de percibir ingresos por ellas. Reforma paralela de la LPI para que la
SGAE y otras entidades de gestión sólo puedan percibir derechos por aquellas
obras cuya gestión de derechos les haya sido cedida explícitamente por sus
autores. Los autores deben poder elegir cuáles de sus obras son privativas y
cuáles libres.
No a las patentes de software
El gobierno español debe impulsar tanto en el Consejo como posteriormente en la
trasposición del texto la redacción definitiva de la nueva directiva sobre
patentabilidad en el sentido que el Parlamento Europeo ya lo ha hecho,
defendiendo expresamente la imposibilidad de patentar software, algoritmos y
modelos o técnicas de negocio.
Enlazado profundo libre por defecto
Reconocimiento expreso del derecho expreso al enlazado profundo de contenidos
públicos en la web (Deep Linking) si no existe una comunicación expresa y
pública, legible en cada documento enlazable, en sentido contrario del enlazado.
Internet como el papel
Reconocimiento del carácter de medios de comunicación nacional de la prensa,
radio y televisión que se difunde mediante Internet.
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Enlaces relacionados |
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domingo, 25 mayo 2014 |
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