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Más condenas por compartir música: Francia multa a profesor con 10.000 euros y Noruega a joven con 15.900 dólares.
Un profesor francés fue condenado ayer por un tribunal de Pontoise a pagar una indemnización de 10.200 por daños y perjuicios a la industria discográfica.

 
 
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De acuerdo con el tribunal el profesor de 28 años compartía a través de redes P2P 30 GB de música o lo que es lo mismo 10.000 canciones o 614 albumes.

La pena es inferior a la solicitada por la acusación privada que solicitaba una indemnización de 28.366 euros por la actividad de este profesor.

El tribunal ordeno también la publicación de la sentencia (a cargo del acusado) en dos diarios: Libération y la edición de Val-d'Oise del Parisien, así como el pago de los gastos procesales (2400 euros).

Durante la vista el profesor había intentado convencer al tribunal que no compartía los ficheros descargados por otros internautas. Todo lo contrario mantenía el fiscal quien avalo que la detención de este por parte de los gendarmes se produjo "porque era el que compartía más".

Sin embargo, el finalmente condenado formaba parte de una redada en la que se detuvieron a 302 personas y este fue, según reconoció el propio presidente del Tribunal, el chivo expiatorio sobre el que cayo el peso de la ley.


Condena en Noruega

A muchos kilómetros de Francia, en Noruega otro proceso ha finalizado con un resultado casi idéntico. Un joven, Frank Allan Bruvik, fue condenado a 15.900 dólares por estimular actos ilegales.

Sin embargo, Bruvik no compartía música y ni siquiera tenía un solo fichero ilegal en su ordenador, simplemente enlazaba a ficheros que podían descargarse libremente de la red.

Su sitio Napster.no, creado en el año 2001, mantenía una relación de enlaces a 170 musicas hospedadas en distintos servidores en los que no tenia ningún tipo de relación.

Bruvik fue demandado en primera instancia por la Asociación Discográfica de Noruega y condenado a esa cantidad. Recurrió la decisión, sobre el argumento de que no era él quien infringía los derechos, y el tribunal superior acepto estos argumentos, absolviéndolo.

Finalmente el caso llego al Tribunal Supremo quien considero que los enlaces ayudaban a muchas personas a encontrar archivos ilegales y por lo tanto Bruvik era coresponsable de ese delito, por lo que resolvió la validez de la primera sentencia condenatoria.


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domingo, 25 mayo 2014

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