Cuando los derechos de Autor te obligan a manipular la información

1 febrero, 2012
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La locura de las medidas tomadas para defender los intereses de los discográficas conducen incluso a manipular la información de actos públicos.

 

Barcelona, Viernes 27… la marca de moda Desigual desfila en la 080 Barcelona Fashion, El periodista o blogger se esmera en captar hasta el último detalle del evento con su cámara para luego subir el video a Youtube. Sabe que ese video tendrá un cierto tirón y quiere hacer un buen trabajo… Mañana, sábado también tiene previsto ir a The Brandery para grabar algunos desfiles y captar con otros videos el ambiente del salón.

Prepara el video, lo sube a Youtube durante toda la noche y ¡Sorpresa!, por la mañana se despierta con un mensaje del servicio de videos de Google de que video ha sido bloqueado por infringir derechos de autor de una u otra discográfica.

Repara, que la acción tomada por Youtube proviene por que esa marca de moda ha usado una musica (por la que ya ha pagado sus derechos) para su desfiles pero que la avaricia de la discográfica impide que pueda ser usada en un video y subirla a Youtube.

Debe tomar una decisión rápida o elimina el video o modifica la musica de fondo. Esta es quizas la mejor solución y procede a ese paso.

Le sucede lo mismo, en otros videos de otros desfiles y lo más curioso por no decir esquizofrenico en unos videos que ha realizado sobre el salón de moda con distintas panorámicas de los estands, asistentes, entrevistas, etc.

Entonces, recuerda que hace justo un año Youtube le bloqueó un video de Steve Ballmer en el MWC porque durante su presentación el ejecutivo de Microsoft presentó algunos videos demostrando las funcionalidades de Windows Phone.

¿Locura?

Lo peor de todo es que cuando entra en su cuenta de Youtube le llevan a un tutorial para que demuestre su conocimiento de lo que es piratería… cuando esos videos se los ha “currado”, editandolos…etc.

Si hacemos caso a las clausulas impuestas por las discograficas,  el blogger o periodista las ha incumplido al utilizar de fondo una música protegida por derechos de autor, pero no ha sido este quien la ha incluido sino que su único pecado ha sido intentar mostrar a sus lectores o seguidores un evento tal como realmente ha sucedido.

Al verse obligado a modificar la información (aunque sea la banda uitlizada por el desfile) está alterandola, manipulandola y aún sin saber por qué. ¿Acaso los ingresos de Universal se veran mermados por que un ejecutivo de una multinacional o un desfile de moda use una de sus composiciones durante sus actos?.

Es más, nos preguntamos, ¿son los derechos de autor propiedad de las discográficas o las gestionan las propias sociedades de autor?

La locura sobre la protección de los derechos de autor está alcanzando limites del todo inaceptables.

Y para muestra otro ejemplo. La decisión del FBI de bloquear el acceso a los contenidos privados de los miles de usuarios de Megaupload bajo la sospecha o acusación de que eran “servidores piratas” , ¿no van mucho más alla de las atribuciones que les otorga la ley?

Hasta no hace mucho una de las máximas del Estado de Derecho era reconocer la inocencia de cualquier ciudadano hasta que se demostrase su culpabilidad. Ahora todo ha variado es el ciudadano, el usuario quien es el culpable debiendo demostrar su buena fe ante una simple insinuación de una discográfica o distribuidora.

SOPA, Sinde, no son más que nombres de esa locura desatada por algunos sectores en los que finalmente se persigue modificar nuestra condición de ciudadanos a subditos siempre sujetos a decisiones que no se toman en nuestros parlamentos ni en tribunales de justicia sino en despachos fuera de cualquier control democratico.

PD

Publicado el artículo hemos recibido varios mensajes demostrando aún más la locura de todo este montaje en “defensa de los derechos de autor”. Unos nos indican que las productoras se ven beneficiados con las “coincidencias de ID”, es decir videos en los que el contenido incluye partes de “obras” protegidas, porque se reembolsan parte de los ingresos que generan la visualización de estos clips. Es decir, el autor trabaja involuntariamente para aumentar las arcas de las discográficas.  Otros comentaristas  nos indican que cuando el usuario impugna la reclamación, la decisión final sobre si acepta o no esa impugnación, corresponde a la propia discográfica o productora. De nuevo, la presunción de inocencia no solo brilla por su ausencia sino que además se otorga el derecho de aplicar sentencia al fiscal y no a un juez independiente.

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