“Lo que sanciona el legislador (…) es el acto de reproducir sin autorización previa y expresa del titular de los derechos correspondientes, (…) así como las acciones de transportar, almacenar, conservar, distribuir, importar, vender, ofrecer, adquirir para la venta o distribución o suministrar a cualquier título las reproducciones ilegalmente obtenidas”, dice la Corte. Share