Turismo y Viajes

Derechos del consumidor en la contratación de viajes

Al fin llegó el merecido ocio: viajes, playa, hoteles, montaña... y dinero. Hay que tener en cuenta todos los detalles para disfrutar del descanso y que las vacaciones respondan a las expectativas que los consumidores se han creado. Pero si el turista no está conforme debe saber dónde, cuándo y cómo reclamar


Para extranjeros y nacionales, España es destino vacacional por excelencia y ello ha motivado que tengamos una regulación legal específica para los viajes turísticos. La necesidad de esta protección normativa viene exigida tanto por el turismo de masas como por la aparición de las Agencias de Viajes. Estas empresas ofrecen al público una serie de ofertas con todos los servicios incluidos mediante un paquete de prestaciones de viaje a cambio de un precio global. De esta forma el viajero sólo firma un único contrato con la Agencia de Viajes a cambio de un conjunto de servicios: desplazamientos, hotel, alojamiento... y siempre que sobrepase las 24 horas o una noche de estancia.

Desde 1995, la ley protege al consumidor frente a los abusos de las empresas de turismo, pero de todas formas el usuario debe conocer bien sus derechos para no encontrarse luego con la sorpresa de que el precio del viaje ha subido o el hotel no es exactamente de las características ofertadas. Es fundamental tener en cuenta que la publicidad que la empresa organizadora entrega al cliente es de obligado cumplimiento. Para ello, la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros ADICAE (www.adicae.net) reclama que la información reflejada en el folleto turístico debe ser clara y sencilla, incluyendo destino, medios de transporte, alojamiento, régimen de alimentación, formalidades sanitarias, visado, precios, excursiones voluntarias y anticipos a pagar. Para posibles reclamaciones futuras es aconsejable que el cliente conserve el folleto.

Cuando se contrata un paquete turístico, las revisiones posteriores de precio están prohibidas por la ley, los precios del folleto no podrán ser modificados. Pero donde existe regulación siempre hay excepciones, así el precio podrá ser revisado al alza si se produce un cambio en el coste del transporte, el carburante, las tasas e impuestos o los tipos de cambio que se apliquen en el viaje. Siempre hay que tener en cuenta que estas alzas nunca serán válidas en los 20 días anteriores a la fecha de salida. Por contra, el consumidor pude cancelar el viaje con derecho a la devolución de los pagos efectuados, aunque tendrá que indemnizar a la agencia.

La indemnización por cancelación incluirá los gastos de gestión y anulación, además de una penalización que será del 5% del precio total si se avisa entre 10 y 15 días antes de iniciar el viaje; 15% si se hace entre 3 y 10 días antes y el 25% si se anula durante las 48 horas anteriores. Si el cliente no acude a la salida sin avisar, pagará el precio total”.

Pero si es la agencia la que cancela el viaje deberá abonar al cliente todos los pagos efectuados o facilitarle un viaje equivalente. Si el número de inscritos no ha llegado al mínimo señalado previamente para el viaje o si existen causas de fuerza mayor, las obligaciones de la empresa organizadora con el cliente desaparecerán.


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