Vodafone reducirá las penalizaciones a los clientes que dejen la operadora

vodafone-live-petitLa filial española del grupo británico flexibilizará las compensaciones económicas que exige a los clientes que incumplen el contrato de permanencia firmado con la operadora.

Desde este mes de marzo, Vodafone España ha modificado el sistema de penalización para los usuarios con compromiso de permanencia en la compañía de 18 meses que deciden darse de baja antes, de forma que el coste que tienen que pagar es gradual de acuerdo con el tiempo transcurrido, en lugar de ser lineal, como sucedía hasta ahora.

Con su decisión, además, Vodafone cumple con las exigencias del Ministerio de Sanidad y Consumo, que exige a las operadoras que permitan a los clientes “darse de baja en el contrato sin penalización alguna”. Esta normativa se hizo pública el pasado febrero, tras conocerse la decisión de las compañías de telefonía móvil de incrementar sus tarifas nominales, ante la pérdida de ingresos que les suponía la prohibición del redondeo.

A presentar estas nuevas exigencias, desde Sanidad se matizaba, sin embargo, que en el caso de que el cliente haya recibido un teléfono gratis o subvencionado a cambio de un contrato de permanencia de 18 meses, las operadoras sí pueden cobrar una penalización –algo a lo que se oponen las organizaciones de consumidores– aunque ésta indemnización deberá “cumplir con los requisitos legales de proporcionalidad”. Es decir, que los 150 euros que suelen cobrar como indemnización estándar, deben irse reduciendo según el plazo de tiempo que haya pasado desde que recibió el terminal.

Hasta ahora, los tres operadores cobran íntegramente la indemnización, independientemente del tiempo de permanencia previsto en el contrato. Movistar fue el primer grupo que anunció que adaptaría sus prácticas de cobro al tiempo consumido, aunque aún no ha hecho efectiva la medida.

Desde Vodafone recuerdan, de cualquier modo, que cuando un cliente se da de baja antes de 18 meses está incumpliendo de forma unilateral el contrato firmado con la compañía, en el que se compromete a permanecer como cliente por un periodo mínimo de tiempo. Justifican así, por tanto, la legitimidad de la compañía para pedir compensaciones económicas al usuario.