Piratear un programa puede llevarte a la cárcel

Acceder sin autorización a un programa informático vulnerando las medidas de seguridad del sistema puede llevarnos a la cárcel.

La reforma del Código Penal que se publica este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) prevé, en su artículo 197.3, penas de prisión de entre seis y dos años por este delito.

En el citado artículo se tipifica la intromisión en sistemas ajenos de manera expresa, al margen de que con el acceso al programa se produzcan "daños o lesiones" a los derechos del propietario del mismo.

"El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, acceda sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo de derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años", recoge textualmente el nuevo texto de la reforma.

Igualmente, se tipifica como delito informático (artículo 248.2) la programación de aplicaciones que permitan la comisión de estafas.

En cuanto a los daños, se incluye como delito tanto la destrucción de información como los ataques que impidan que un sistema informático pueda funcionar correctamente. Estos casos se castigarán con penas que pueden ir desde los seis meses de cárcel a los tres años.

TOP MANTA

En relación a la propiedad intelectual, el nuevo texto que entrará en vigor dentro de seis meses, recoge como novedad la consideración como falta del fraude contra la Propiedad Intelectual realizada mediante venta al por menor de material fraudulento "cuando el beneficio no exceda de 400 euros".

La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP) se mostró "preocupada" por las modificaciones al entender que se "ha cambiado esencialmente la Protección de la Propiedad Intelectual"

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