Las patronales, satisfechas; la SGAE conformada y los consumidores indignados.

Las dos asociaciones sectoriales de Tecnologías de la información mostraron su satisfacción con la resolución del Tribunal Europeo mientrás organizaciones de consumidores mostraron su indignación por el agravio comparativo que se establece.

Tanto AETIC como Asimelec consideraron que esta resolución obligará a replantear el marco sobre el que se asienta el sistema de compensación respetando siempre el derecho de los autores y creadores a recibir una cantidad.

AETIC

La La Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España (AETIC) ha mostrado su satisfacción con la decisión del Tribunal europeo.

Asimismo se muestra de acuerdo en que “se mantenga un «justo equilibrio» entre los titulares de los derechos y los usuarios de prestaciones protegidas y, por lo tanto, la persona que realiza tal reproducción para su uso privado sea quien, en principio, deba reparar el perjuicio, financiando la compensación que se abonará al titular”.

En este sentido recuerda que el marco actual y que ha invalidado el tribunal generalizaba el pago a todos los compradores de soportes independiemente de si iban o no a realizar copias de obras protegidas.

Finalmente considera que el fallo del tribunal europeo "Supondra la modernización de la legislación y evitará el enriquecimiento injusto que supone gravar a un sector que no realiza copias privadas".

ASIMELEC

ASIMELEC, ha valorado positivamente la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según ASIMELEC, y en palabras de su director general, José Pérez, “está sentencia va a tener un enorme calado ya que va a exigir cambiar la normativa española que define actualmente el modelo de canon digital para adecuarlo a la legislación europea”.

Según Pérez,”sólo debería gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que se vayan a destinar a la realización de copias privadas y no a todos aquellos con esa capacidad, de manera indiscriminada”. Además, según añade, “la sentencia va en línea con el principio de justicia y equidad jurídica del derecho español”.

IBAU Y COPYESPAÑA

Las dos agrupaciones de entidades de titulares de derechos de propiedad intelectual IBAU (Egeda, Dama y Aisge) y COPYESPAÑA (Agedi, Aie, Cedro y Sgae) han valorado positivamente el respaldo que supone esta sentencia a la legalidad del canon digital, tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea en los que se aplica esta compensación.

Ambas entidades están a la espera "de un análisis en profundidad del fallo judicial" aunque manifiestan "su disposición para colaborar en el ajuste, si fuera necesario, del sistema actual de copia privada a las consideraciones que propone la sentencia para toda Europa".

Según recuerda estas entidades, esta compensación permite al consumidor reproducir para sus uso privado obras protegidas por los derechos de autor y debe "ser abonada a las entidades de gestión por los fabricantes, importadores o distribuidores de los dispositivos que permiten la realización de este tipo de copias".

EL CONSUMIDOR PERJUDICADO

Por su parte el portavoz de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, ha avisado de que la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia respecto al canon establece un "agravio comparativo" entre los usuarios finales y los empresas.

En declaraciones a 'Portaltic', Sánchez explicó que el dictamen del tribunal europeo "presupone" que los usuarios siempre emplearán los soportes para copia privada, algo que no hace con las empresas. "Hay contradicción y es una forma arbitraria para los ciudadanos", aclaró.

Por el contrario, celebró que la sentencia obligará al Gobierno a "hacer algo a lo que se había negado", en alusión a la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. En este sentido, resaltó que la asociación "luchará" en los nuevos cambios para que el gravamen no se aplique en los soportes de almacenamiento vírgenes.

Asimismo, recordó que el Ejecutivo tiene la "obligación moral" de abrir un procedimiento para garantizar que las entidades de gestión devolverán el dinero a las administraciones públicas por la compra de soportes con el gravamen incluido.

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