Dice que con frecuencia los castings están "dirigidos para crear morbo" y el
juego "amañado", y hay "cierto fraude" al elegir ganador. Además, advierte de
que "no existen criterios objetivamente seguros para la audiencia cuando se
proclama la elección del ganador, lo que implica un cierto grado de fraude"
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La ponencia del Senado sobre Estudio de los derechos de
concursantes y audiencia, en relación con concursos, juegos y apuestas,
constituida en el seno de la Comisión de la Sociedad de la Información y el
Conocimiento, ha solicitado que se den a conocer los tipos de convenio o
contrato que rigen entre las cadenas o productoras y los participantes de
concursos televisivos como Gran Hermano, Operación Triunfo o Miss España.
Esta ponencia, cuyas conclusiones están publicadas en la página web del Senado,
advierte que, aunque existe una normativa que protege los derechos a la
intimidad, el honor y la propia imagen de los concursantes, hay una laguna legal
en lo que se refiere "al régimen interno de los propios concursos
televisivos", concretamente en lo referente a la elección de los
concursantes, el desarrollo del juego y la elección del ganador.
"En efecto -señala el texto-, en muchas ocasiones la elección del concursante
se hace en función de una 'selección dirigida' o para crear cierto morbo en la
audiencia atendiendo al 'pasado del concursante'. En cuanto al desarrollo del
juego, son mucho los casos en los que este último viene dado por
'comportamientos preestablecidos o amañados'", añade. Ante esta situación,
la Ponencia concluye la necesidad de encontrar un equilibrio entre la libertad
de expresión e información y la protección de los derechos de intimidad, honor y
propia imagen en este tipo de concursos. Por ello, considera "necesario
conocer el tipo de convenio o contrato que rige la relación entre la
cadena/productora y los participantes", ya que "suelen tener un carácter
reservado y de difícil acceso".
A juicio de los senadores, dado que en ocasiones estos contratos pueden implicar
la renuncia de derechos de la personalidad o que sean contrarios a la ley, el
orden público o la moral, los convenios "deberían ser depositados ante fedatario
público para conocimiento de las personas que tuvieran un interés legítimo en la
cuestión".
Otras conclusiones
Asimismo, la citada Ponencia, que analizó otras cuestiones del ámbito de los
concursos y juegos televisivos, apuntó otras necesidades entre las que figura la
promoción de diversas iniciativas como la creación de un sistema de
autorregulación desde el propio sector y los usuarios, con un Código de Buenas
Prácticas y Conductas, con un régimen sancionador y la constitución de un órgano
"de naturaleza conciliadora y arbitral" para resolver los conflcitos
que surjan.
También propone iniciativas legislativas para regular el derecho de explotación
de imagen y la cesión de derechos de explotación; para crear un margo legal
sobre el régimen de los concursos televisivos tanto en los medios tradicionales
como Internet, y para que se cree también un marco legal de referencia sobre el
régimen de juegos, concursos y subastas online y en las Nuevas Tecnologías. |