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La RDSI ya no es patrimonio de Telefónica


La Audiencia de Barcelona liberaliza el uso del término 'RDSI' para todas las empresas de tecnología


 
Agencias - La Audiencia de Barcelona ha liberalizado el uso del término 'RDSI' para todas las empresas de tecnología. La Sección Decimoquinta de la Audiencia ha tomado esta decisión tras anular las marcas registradas por la compañía Telefónica, que entre 1988 y 1990 registró las siglas correspondientes a 'Red Digital de Servicios Integrados' (RDSI) para diferentes servicios y productos.

La compañía Telefónica demandó ante un juez de primera instancia de Barcelona a su principal competidora en el sector, Retevisión, por el uso indebido del término 'RDSI', que Telefónica consideraba de su propiedad.

La compañía demandante quería hacer valer sus derechos sobre la marca 'RDSI' registrada por la empresa para designar, en primer lugar, servicios de telecomunicaciones, en segundo lugar, cartón, papel y productos de imprenta, y en tercer lugar, aparatos telefónicos.

Telefónica exigía que Retevisión dejara de utilizar la palabra 'RDSI' para ofrecer servicios de telecomunicaciones a nivel provincial, interprovincial e internacional y le resarciera por los perjuicios causados.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Barcelona rechazó la demanda presentada por Telefónica así como la demanda de reconvención interpuesta por la demandada Retevisión.

Telefónica acudió a la Audiencia de Barcelona presentado un recurso de apelación que ha sido rechazado de pleno por la Audiencia, que ha estimado además, las alegaciones presentadas por Retevisión y ha decidido anular o declarar la caducidad de la marcas registradas.

Según la sentencia de la Sección Decimoquinta de la Audiencia de Barcelona, la marca RDSI "carece de carácter distintivo" y añade que "palabras tales como Red, Digital, Servicios o Integrados no pueden diferenciar el origen empresarial de productos o servicios de telefonía y otros similares".

En cuanto a la denominación RDSI para designar productos de imprenta y papelería, el tribunal da la marca por caducada ya que no se ha utilizado nunca por Telefónica desde que fue registrada.

Por esta razón, la Audiencia anula la marca RDSI para designar productos de telefonía y servicios de telecomunicaciones y da por caducada la marca como denominación de productos de imprenta.
 

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