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La CMT obliga a Amena a conectar , sin solicitud previa, a sus
abonados a las líneas 906 |
La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha desestimado el
recurso presentado por Amena contra la resolución que obligaba a la operadora a
permitir el acceso a sus clientes a los servicios de tarificación adicional sin
necesidad de solicitud previa.
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Agencias -De este modo, el organismo regulador insta a Amena a ofrecer el acceso a los
antiguos 906, que actualmente se prestan a través de los códigos 803, 806 y 807,
a todos sus clientes, tanto de prepago como de postpago, "en el mismo momento
en que les active el alta en el servicio de telefonía móvil".
La Asociación de Empresas de Servicios de Valor Añadido en las
Telecomunicaciones (AVA) denunció ante la CMT que Amena tenía "desconectados
a sus abonados de los servicios de tarificación adicional" y únicamente eran
conectados cuando lo solicitaban expresamente.
La CMT estableció, en una resolución del pasado 24 de julio, que ambas
operadoras deben eliminar un mecanismo de control que obliga a los clientes que
quieran utilizar los servicios de los 906 a activar de manera expresa el acceso
a estos números a través de una llamada gratuita a Atención al Cliente.
En su recurso, la operadora del grupo Auna alegó razones de orden social para
obligar a sus clientes a solicitar de manera explícita el acceso a los 906. Así,
insistió en la necesidad de que se adopten sistemas que permitan controlar y
garantizar que la activación de un servicio 906 fuera fruto de una decisión "libre,
voluntaria y plenamente consciente del abonado".
Asimismo, la compañía considera que la CMT interpreta de forma errónea y "al
margen de la normativa vigente" el principio de interoperabilidad, al
entender que la aplicación de este concepto "conlleva la oferta y el acceso a
los servicios de tarificación adicional, de modo directo y automático".
Por su parte, la CMT recuerda que lo que regula la normativa de
telecomunicaciones es un derecho a la "desconexión" de determinados servicios,
entre ellos el de tarificación adicional, lo que revela que el procedimiento que
era aplicado por Amena "no se corresponde con el previsto por la normativa
aplicable en esta materia".
En cuanto a las razones sociales esgrimidas por la operadora, que advierte de
que este servicio origina facturas elevadas y oferta unos contenidos que no
están destinados al público menor, la CMT subraya que los intereses que Amena
quiere proteger "tienen establecidos otros cauces para su protección, que no
implican infringir la normativa sobre interoperabilidad y derecho de
desconexión". |
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domingo, 25 mayo 2014 |
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