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Chile, Cheques podrán bloquearse por teléfono o correo
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La comisión de Economía, que preside el diputado Eduardo
Saffirio aprobó, en particular, la moción que modifica la ley de cuentas
corrientes bancarias y cheques, para permitir a los titulares dar aviso a los
bancos, en casos de pérdida, hurto o robo de talonarios o cheques, no sólo en
forma escrita, sino también por otros medios tecnológicos, como el correo
electrónico, fax o el teléfono. |
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Transmedia.cl.- Para que el proyecto sea despachado a la Sala
sólo se espera la respuesta de la Superintendencia de Bancos e Instituciones
Financieras a una consulta sobre las atribuciones que posee para que las
entidades establezcan un mecanismo de comunicación con los cuentacorrentistas,
según informó la página web de la Cámara Baja.
Este proyecto se originó en una moción parlamentaria de los diputados Jorge
Burgos, Francisco Encina, Carlos Kuschel, Darío Molina, Sergio Ojeda, Eduardo
Saffirio, Edmundo Villouta, Gonzalo Uriarte, Ignacio Urrutia y Eugenio Tuma.
El diputado Saffirio dijo que “el proyecto busca terminar con un anacronismo,
pues la actual normativa establece que en caso de pérdida, hurto o robo de un
talonario de cheques o de un cheque en particular, el aviso al banco debe darlo
el cliente del banco por escrito, lo que se traduce en un trámite complejo para
dejar constancia”.
El legislador consideró que “hoy los avances tecnológicos permiten dar aviso
en forma rápida y eficiente”. En ese sentido, se propone modificar el
artículo 26 de la ley de cuentas corrientes y cheques, agregando que el aviso
también pueda hacerse por cualquier otro medio fidedigno. Saffirio dijo que,
entre éstos otros medios, “se incluye la comunicación vía fax, teléfono o
correo electrónico”.
Agregó que “el proyecto está despachado en lo medular, pero está pendiente la
respuesta de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras respecto
de las atribuciones para asegurar que los bancos cumplan con la implementación
de un sistema en línea, que tenga un código, y que permita a los usuarios
comunicarse por otros medios, y no sólo por escrito”.
La moción señala que los bancos deberán proveer servicios de comunicación que
permitan al librador su acceso gratuito durante las 24 horas del día y todos los
días del año. El banco deberá entregar, en el acto de su registro, un número o
código de recepción del aviso, con indicación de la fecha y hora de su recepción |
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Comercio Electrónico y
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domingo, 25 mayo 2014 |
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