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Internautas recurrirán archivo decisión sobre el Canon |
La Asociación de Internautas ha recurrido ante el Tribunal de
Defensa de la Competencia el archivo de la denuncia formulada por la imposición
unilateral, indiscriminada, injusta e ilegal del canon en los soportes digitales
vírgenes que ha decidido la Directora General del Servicio de Defensa de la
Competencia.
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Asociación de Internautas - La exclusión establecida por el legislador del canon
compensatorio por copia privada para los programas de ordenador en el apartado 3
del artículo 25 del Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, no
implica que los soportes digitales de los programas no deban pagar canon por
copia privada, para el Servicio de Defensa de la Competencia y para la SGAE.
Sin embargo, los programas de ordenador no son entes de razón, sino facetas muy
decisivas y cruciales en el desarrollo de toda Sociedad en el siglo XXI que,
además, como es evidente y así lo estableció el legislador al excluirlos de la
aplicación de los apartados 1 (remuneración compensatoria) y 2 (equipos y
soportes que soportan tal remuneración) del artículo 25 citado, algo que ha
olvidado el Servicio de Defensa de la Competencia, porque los programas de
ordenador vienen fijados en soportes que están expresamente excluidos del canon
compensatorio por expreso mandato del legislador, como ha venido ocurriendo con
los célebres disquetes. No es de recibo que, en contra del mandato del
legislador, empresas desarrolladoras y distribuidoras de software, autores de
software y usuarios (particulares, empresas, instituciones y administraciones
públicas), deban pagar "peaje" a la SGAE, ante la aquiescencia de quienes deben
velar por unas reglas de competencia en el mercado.
Asimismo, la Asociación de Internautas, a diferencia de la SGAE y del Servicio
de Defensa de la Competencia, considera que la finalidad del canon compensatorio
es, precisamente, compensar a los autores y editores por las copias privadas,
pero que la imposición de medidas tecnológicas en las obras distribuidas en
soportes digitales dirigidas a impedir indiscriminadamente tanto la copia
privada como la copia ilegítima privan de la finalidad legal al canon en los
soportes digitales vírgenes, que se percibe por nada, por lo que debe ser
suprimido y no únicamente ser contemplada la imposibilidad material de realizar
la copia privada como una "rebaja" en el canon compensatorio por una copia que
se impide, que ni siquiera es contemplada por las entidades que lo impusieron de
forma arbitraria, indiscriminada, injusta e ilegal.
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domingo, 25 mayo 2014 |
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