El Juzgado de lo Penal Nº 6 de Las Palmas ha condenado a
M.R.R. a un año y dos meses de prisión, además de una multa de 270 euros y el
pago de una indemnización 9.000 euros, como autor de los delitos de
"defraudación de las telecomunicaciones y contra la propiedad intelectual" por
la fabricación, venta y uso de tarjetas pirata de Canal Satélite Digital (ahora,
Digital+). Para imponer las mencionadas penas, el juez ha considerado que las
tarjetas pirata permitieron disfrutar de la programación codificada de Canal
Satélite Digital sin abonar el importe de las cuotas mensuales fijadas al
efecto.
Por otro lado, el Juzgado de lo Penal Nº 2 de San Sebastián
condenó, el pasado 9 de octubre, a R.Q.A. por actos similares a los anteriores a
un año de prisión y a indemnizar a la antigua Canal Satélite Digital, esta vez
como autor de delito de "revelación de secretos de empresa".
La modificación del Código Penal, que entró en vigor el
pasado mes de octubre, facilitará la persecución de este tipo de actividades, ya
que considera como delito la fabricación o puesta a disposición de posibles
usuarios de cualquier dispositivo informático diseñado o adaptado para vulnerar
el acceso condicional de los servicios de radiodifusión, así como la
comercialización de estos equipos, su alteración o duplicado con ánimo de lucro.
También se considera delictiva la información a terceros --aunque no exista
ánimo de lucro- sobre la forma de conseguir la entrada no autorizada a servicios
de acceso condicional. Ello afectará a los responsables de páginas web que
informan sobre estos extremos.
La reforma del Código Penal considera delictiva la simple
utilización de equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a
servicios de acceso condicional.
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