. La CMT es la encargada de vigilar que Sogecable
cumpla las condiciones impuestas por el Gobierno para autorizar la integración
de Vía Digital en Canal Satélite Digital, lo que, en julio del 2003, dio como
resultado la plataforma única Digital+.
La condición 18ª impuesta por el Consejo de Ministros, el 29
de noviembre del 2002 para permitir esta operación señalaba que, durante el
plazo de cuatro años, Sogecable "no podría incrementar los precios cobrados a
los abonados por la prestación de sus servicios por encima de un límite fijado
como IPC-X, siendo IPC el límite superior del objetivo de inflación del Banco
Central Europeo para el año correspondiente y X un porcentaje que será
determinado anualmente por el Servicio de Defensa de la Competencia previo
informe de la CMT".
Esta y otras condiciones fueron recurridas por Sogecable ante
el Tribunal Supremo al considerarlas abusivas, puesto que, además, no formaba
parte de las que, en su día, sugirió el Tribunal de Defensa de la Competencia.
Durante el 2003 y 2004, Sogecable ha tenido que congelar sus precios. Es el
Ministerio de Economía el que ahora ha de decidir si finalmente acepta esta
sugerencia o se mantiene la intervención de las tarifas. |