El Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de
Economía falló en favor del periódico OpusGay en la demanda interpuesta por
en septiembre de 2002 por la Prelatura del Opus Dei.
Así lo comunicó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh),
el que calificó a la sentencia resuelta el 24 de diciembre e informada este
jueves como "una señal clara y concreta de rechazo a la petulancia de los
grupos de poder que pretenden dominar las expresiones ajenas y que, en el caso
particular del Opu Dei, se basaron en argumentaciones agresivas,
discriminatorias y humillantes contra un sector de la población".
"Desde el movimiento homosexual chileno asumimos este fallo como una victoria
inédita en contra del oscurantismo que pretende seguir negando derechos
esenciales a las minorías sexuales en nuestro país y en el mundo", señala la
nota.
El periódico lanzado en mayo de 2002 luego de recibir la probación como marca
registrada, debió enfrentar la demanda patrocinada por el abogado Andrés
Echeverría Bunster.
El profesional, a nombre del Opus Dei, alegó ante el Ministerio de Economía era
"evidente que sin ser homofóbico, sino sólo constatando un hecho
sociocultural, nadie o casi nadie, se siente enaltecido por ser relacionado con
la homosexualidad. En general, socialmente constituye una afrenta o al menos un
motivo de burla, que se cuestione o se ponga en duda la feminidad o masculinad
de una persona".
"La necesaria relación que se establece en este juego de palabras entre el
periódico de los homosexuales y la Prelatura del Opus Dei, constituye para esta
una afrenta, un motivo de descrédito y da lugar a la mofa y la burla
malintencionada", señalaba la demanda.
Junto con solicitar al Departamento de Propiedad Industrial que rechazara el
registro de la marca Opus Gay, el Opus Dei llamó además a las autoridades a
"no dejarse llevar por la moda de aparentar ser liberal y tolerante, aceptando
las excentridades de un grupo por el solo hecho de pertenecer a una minoría".
Sin embargo, el Departamento de Propiedad Industrial desestimó los argumentos
del grupo religioso debido a que no se encontraba dentro de su área de
competencia el pronunciarse sobre una supuesta actitud ofensiva y agresiva por
parte de terceros, "toda vez que la propiedad industrial como tal, no tiene
por objeto la protección de los ideales que cada movimiento representa a través
de sus respectivos signos, sino más bien dice relación con la protección de
signos empleados en el comercio para distinguir tanto bienes y servicios".
La semejanza entre los marcas Opus Dei y OpusGay alegada por la Prelatura,
también fue desestimada por el Departamento de Propiedad Industrial "toda vez
que de la confrontación de los signos en conflicto no se advierten semejanzas
determinantes que pudiesen impedir una eventual coexistencia pacífica de estos
en el mercado", junto con recalcar que "además desde el punto de vista
conceptual, difícilmente el público podría verse expuesto a los errores o
confusiones" entre los términos Opus Dei y OpusGay. |