Según la agencia de noticias Kyodo, el Tribunal Superior de
Tokio ordenó a la firma Nichia pagar a su ex empleado Shuji Nakamura 843
millones de yenes (7,9 millones de dólares) por la transferencia de la patente
de diodos luminosos (LED, por sus siglas en inglés), obtenida en 1999.
Sin embargo, el beneficiario, que reside en Estados Unidos, no
ha quedado satisfecho con esa cantidad, ya que una sentencia inicial había
condenado a Nichia a pagar unos 188 millones de dólares por el invento, dice la
información.
Dicha sentencia, emitida en enero de 2003 por el Tribunal
regional de Tokyo, argumentaba que Nichia ganó por los derechos de autor de la
patente unos 1.119 millones de dólares, de los cuales la mitad corresponderían a
Nakamura, actualmente profesor de la Universidad de California en Santa Bárbara.
El inventor, de 50 años, aceptará la indemnización por
recomendación de su abogado, mientras que la empresa ha calificado el acuerdo de
hoy como un progreso, al reconocer el Tribunal que el invento fue un trabajo de
equipo y no un logro individual.
El diodo descubierto por Nakamura emite luz azul cuando es
atravesado por electricidad y, según los expertos, revolucionó la manufactura de
pantallas informáticas, pues hace posible la emisión de todo el espectro
cromático al ser combinado con componentes similares que emiten luz roja y
verde.
El diodo se empezó a aplicar en 1993 y, debido a que la
empresa le pagó 20.000 yenes (188 dólares) por el invento, Nakamura interpuso
una demanda en agosto de 2001 argumentando que la dirección de la compañía no
intervino ni ayudó en la investigación.
La empresa por su parte alegó que el descubrimiento fue el
esfuerzo acumulado de una investigación a la que aportó su inversión en equipos.
Debido al volumen de la compensación inicial, muchas empresas
japonesas empezaron a revisar la normativa de remuneración por inventos y en
junio pasado la ley de patentes fue revisada.
Según Kyodo, la rebaja de la compensación fue recomendada por
los tribunales, al temer los efectos que tendría el pago de la demanda inicial
en la situación económica de la empresa. |