|
|
FACUA denuncia a Telefónica por enviar a sus clientes publicidad
de empresas ajenas a la compañía |
Junto a la última factura, la operadora adjunta un folleto
publicitario del servicio de alarma de la empresa Securitas
|
|
La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado a
Telefónica de España por utilizar ilegalmente los datos de sus clientes para
enviarles publicidad de empresas ajenas a la compañía. Según FACUA, junto a la
última factura, Telefónica adjunta un folleto publicitario del servicio de
alarma de la empresa Securitas, una práctica prohibida por la legislación en
materia de telecomunicaciones.
La Federación recuerda que en 2003 la operadora envió un escrito a sus abonados
anunciándoles que trataría sus datos personales junto con los de facturación
para enviarles, en función de sus perfiles, publicidad de terceras empresas si
no se oponían por carta en el plazo de un mes, lo que denunció ante el Defensor
del Pueblo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
En este sentido, FACUA critica la pasividad de la AEPD, "que ha mantenido más de
un año paralizado el expediente que abrió en noviembre de 2003" a raíz de su
denuncia, y de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, "que no dio
respuesta" a la misma.
El negocio anunciado por Telefónica en 2003 consiste en "utilizar datos
confidenciales de sus clientes para crear una gigantesca base de datos de
consumidores a la carta y enviarles, en función de sus perfiles, publicidad de
empresas ajenas a la compañía", explica la asociación de consumidores.
En opinión de FACUA, es "escandaloso" e "ilegal" que Telefónica use datos
confidenciales de sus clientes para poner en marcha un negocio totalmente ajeno
a su actividad como operador de telecomunicaciones. En este sentido, recuerda
que la Ley de Telecomunicaciones establece que los datos personales sobre el
tráfico telefónico y la facturación de sus abonados "podrán ser tratados por los
operadores, exclusivamente con objeto de realizar la facturación y los pagos de
las interconexiones", y deberán ser destruidos tras "el plazo durante el cual
pueda impugnarse la factura o exigirse el pago".
Sólo se permite que las compañías traten dichos datos "para la promoción
comercial de sus propios servicios de telecomunicaciones, siempre y cuando el
abonado haya dado su consentimiento previo".
|
|
|
Enlaces relacionados |
|
|
Biblioteca del Conocimiento:
Documentos y Estudios sobre Publicidad y Marketing |
|
sábado, 24 mayo 2014 |
|
|