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FACUA denuncia a Telefónica por enviar a sus clientes publicidad de empresas ajenas a la compañía  

 Junto a la última factura, la operadora adjunta un folleto publicitario del servicio de alarma de la empresa Securitas
 


 
 
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La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado a Telefónica de España por utilizar ilegalmente los datos de sus clientes para enviarles publicidad de empresas ajenas a la compañía. Según FACUA, junto a la última factura, Telefónica adjunta un folleto publicitario del servicio de alarma de la empresa Securitas, una práctica prohibida por la legislación en materia de telecomunicaciones.

La Federación recuerda que en 2003 la operadora envió un escrito a sus abonados anunciándoles que trataría sus datos personales junto con los de facturación para enviarles, en función de sus perfiles, publicidad de terceras empresas si no se oponían por carta en el plazo de un mes, lo que denunció ante el Defensor del Pueblo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

En este sentido, FACUA critica la pasividad de la AEPD, "que ha mantenido más de un año paralizado el expediente que abrió en noviembre de 2003" a raíz de su denuncia, y de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, "que no dio respuesta" a la misma.

El negocio anunciado por Telefónica en 2003 consiste en "utilizar datos confidenciales de sus clientes para crear una gigantesca base de datos de consumidores a la carta y enviarles, en función de sus perfiles, publicidad de empresas ajenas a la compañía", explica la asociación de consumidores.

En opinión de FACUA, es "escandaloso" e "ilegal" que Telefónica use datos confidenciales de sus clientes para poner en marcha un negocio totalmente ajeno a su actividad como operador de telecomunicaciones. En este sentido, recuerda que la Ley de Telecomunicaciones establece que los datos personales sobre el tráfico telefónico y la facturación de sus abonados "podrán ser tratados por los operadores, exclusivamente con objeto de realizar la facturación y los pagos de las interconexiones", y deberán ser destruidos tras "el plazo durante el cual pueda impugnarse la factura o exigirse el pago".

Sólo se permite que las compañías traten dichos datos "para la promoción comercial de sus propios servicios de telecomunicaciones, siempre y cuando el abonado haya dado su consentimiento previo".


 

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sábado, 24 mayo 2014

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