La sentencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, también clausura
la actividad de las webs weblisten.com, weblisten.es y weblisten.net.
Se considera a la acusada autora de un delito de "defraudación de la
propiedad intelectual" y en virtud de la cual se le prohíbe dedicarse a la
actividad por la que ha sido penada.
La resolución judicial declara probado que la imputada, Pilar Abúin
Ceftceda, creó en 1.997 una entidad dedicada a la comercialización de música
por Internet denominada "weblisten" que posteriormente abrió una página web
en Internet en la que se ofertaba la venta de todo tipo de música a los
usuarios de la red.
En sus inicios, "weblisten" contaba con una oferta de 1.310 canciones; en
febrero de 1.999 contaba con 6.200 melodías con carátulas de sus discos y
letras, pero poco fue aumentando y actualizando su oferta y antes de su
clausura el catálogo comprendía 75.000 unidades musicales. De este modo, la
acusada ofrecía por 4.900 pesetas, 75.000 canciones contenidas en compact
disc, que previamente se reproducían de manera "ilegal".
La sentencia, que ya es firme, explica que para efectuar esta venta de
música por Internet desde el año 1997 hasta la fecha, la imputada elaboró
"miles de copias de discos mediante su reproducción, sin contar con la
autorización de los productores de fonogramas". Finalmente, el texto
jurídico apunta que "no es posible cuantificar el importe del perjuicio
causado por la actividad de 'weblisten' que ha quedado descrita".