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La implantación del teletrabajo exige la aceptación voluntaria
del trabajador |
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que la
implantación del teletrabajo exige la aceptación voluntaria del trabajador, no
pudiendo establecerse por acuerdo o convenio colectivo, ni tampoco por
modificación de las condiciones de trabajo, según CCOO. |
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Agencias - La citada sentencia estima que al implantar el
teletrabajo se exceden las facultades de la autonomía colectiva.
Y es que, al parecer, se obliga al trabajador a poner a disposición del
empresario algo más que la fuerza de trabajo, como es el espacio donde
desarrolla su vida privada, lo que supone “un coste adicional” y, según
recalca CCOO, “afecta a la convivencia en el hogar y la vida personal del
trabajador”.
El sindicato recuerda que el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo también
recoge el carácter voluntario para el trabajador del trabajo a domicilio, algo
defendido en el marco de la legislación española –recalca CCOO- en distintos
artículos del Codigo Civil en su articulado sobre contratos y obligaciones.
“El Acuerdo Marco asegura el carácter voluntario para el trabajador, pero su
falta de incorporación al Derecho Interno, al no haber sido recibido por la
negociación colectiva, no ha impedido al Tribunal Supremo reconocer esa misma
conclusión”, señala la central sindical.
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sábado, 24 mayo 2014 |
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