El Servicio de Defensa de la Competencia ha archivado por segunda vez las
denuncias interpuestas contra el acuerdo que suscribieron el 31 de julio de 2003
las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual y Asimelec, la
asociación que aglutina a los fabricantes y distribuidores de material
informático. El organismo regulador entiende que dicho convenio no incumple las
normas de competencia. El acuerdo sirvió para regular la compensación que les corresponden a los
titulares de derechos de las obras musicales y audiovisuales por las copias
domésticas que se hacen de sus trabajos en los CD o DVD grabables. En su
resolución, Competencia indica que dicho acuerdo recoge unas tarifas inferiores
a las que establece la propia Ley de Propiedad Intelectual, además de señalar
que dichos precios se encuentran en la media de los países europeos. Este
aspecto contradice de plano lo que manifestaron la semana pasada los
representantes de los fabricantes de equipos electrónicos, a través de la
Comisión Asesora sobre la Sociedad de la Información del Ministerio de
Industria. Igualmente, el Servicio de Defensa de la Competencia manifiesta –en contra de lo
expuesto públicamente por los denunciantes durante estos dos años– que el
acuerdo suscrito no crea ningún canon ni fija sus importes, sino que aplica las
cantidades previstas en la vigente Ley de Propiedad Intelectual, máxime cuando
la Ley preveía un sistema de revisión de importes conforme al IPC que nunca
aplicaron los sucesivos Gobiernos. El acuerdo suscrito por Asimelec y las
entidades se ciñe a los importes previstos en el vigente artículo 25 de la Ley
para los materiales y soportes digitales, teniendo en cuenta sus especiales
características en consonancia con la directiva 2001/29 de Derechos de Autor y
Derechos Afines en la Sociedad de la Información. Dicha resolución reconoce que el acuerdo ni pretendió ni tuvo como efecto real o
potencial la restricción de la competencia y, por tanto, no constituye un abuso
de posición de dominio por parte de las sociedades de gestión, como se ha
manifestado públicamente durante estos años.
El Servicio de Defensa de la Competencia apunta asimismo que el proyecto de
modificación de la Ley de Propiedad Intelectual reconoce el derecho de los
titulares a percibir la remuneración compensatoria por copia privada de los
medios digitales, y que el acuerdo puso fin a la conflictividad jurídica
existente por aquel entonces, cuando los importadores de CD y DVD habían sido
condenados al pago de la remuneración por los tribunales de Justicia. |