El partido que apoya al Gobierno
introduce en las enmiendas del Senado modificaciones
sustantanciales al texto aprobado por el Congreso
El PP quiere obligar a los proveedores de servicios de
Internet (ISP) a retener todos los datos de tráfico durante un
año para que puedan ser puestos a disposición de autoridades
judiciales o policiales en el marco de una investigación
judicial como consecuencia de un delito en el que se hayan
utilizando servicios de la Sociedad de la Información.
Así se recoge en una de las 21 enmiendas presentadas en el
Senado por el PP --que tiene mayoría absoluta en ambas
cámaras-- a la Ley de Servicios de la Sociedad de la
Información y de Comercio Electrónico (LSSI), a la que tuvo
acceso Europa Press, y que introducen modificaciones
sustanciales al texto remitido por el Congreso de los
Diputados.
Concretamente, en el artículo once, referente a las
obligaciones y régimen de responsabilidades de los ISP, el PP
añade un apartado que señala literalmente: "Los operadores de
redes y los proveedores de acceso a una red de
telecomunicaciones que presten un servicio de la Sociedad de
la Información deberán retener los datos de tráfico generados
por las comunicaciones establecidas durante la prestación de
un servicio por un período de doce meses".
No obstante, en un segundo párrafo explica que los datos,
"almacenados de manera automática, relativos al proceso de
comunicación, será retenidos, de manera confidencial, a los
solos efectos" de servir en la resolución de un delito
cometido con servicios electrónicos. En caso de que un ISP no
cumpla con esta medida, se considerará infracción 'muy grave',
lo que conllevará una multa de 150.001 hasta 600.000 euros.
Según ha podido saber Europa Press, la introducción de esta
enmienda es una iniciativa del Ministerio de Interior, a
través de la Secretaría de Estado de Seguridad, medida que no
ha tenido una acogida demasiado favorable por parte del
principal promotor de la LSSI, el Ministerio de Ciencia y
Tecnología (MCYT) y, más concretamente, de su Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Información.
"NECESARIA"
El PP justifica la introducción de dicha enmienda debido a que
la conservación de información como el número o identificación
de los equipos origen y destino de la comunicación, tiempo de
duración de la conexión, volumen de datos transmitidos, etc.,
es "necesaria para la aportación de datos esenciales para el
éxito de una investigación criminal sobre delitos cometidos
con ayuda de redes de comunicaciones".
Además, señala que la Directiva 97/66/CE y la Propuesta de
Directiva de la UE relativa al tratamiento de datos personales
y a la protección de la intimidad en el sector de las
comunicaciones electrónicas "facultan a los Estados para
establecer excepciones a las normas de destrucción de datos de
tráfico (...) para proteger la seguridad y defensa nacional".
También considera que existen las "necesarias cautelas" para
garantizar el acceso a los datos almacenados "únicamente por
los órganos facultados para ello, protegiendo, de esta manera,
lo derechos de los usuarios al secreto de los datos de
conexión que les afecten". SERVICIO UNIVERSAL
Por otro lado, el PP también ha acometido la problemática de
la telefonía rural de acceso celular (TRAC), que impide a más
de 250.000 abonados acceder a Internet. Para ello, introduce
una disposición adicional en la que modifica la Ley General de
Telecomunicaciones para que, bajo el concepto de servicio
universal a la red telefónica pública y fija, ésta permita
transmitir voz, fax y datos "a velocidad suficiente para
acceder de forma funcional a Internet".
A estos efectos, la enmienda del PP señala que se considerará
que dicha velocidad suficiente "es la que se utiliza de manera
generalizada para acceder a Internet por los abonados al
servicios telefónico fijo disponible para el público con
conexión a la Red mediante pares de cobre y módem para banda
vocal".
No obstante, la medida no se trata de una declaración de
intenciones, sino que viene acompañada de otra enmienda en la
que se establecen los criterios para el desarrollo del un plan
de actualización tecnológico que deberá llevar a cabo
Telefónica "como operador designado para la prestación del
servicio universal".
Así, en el plazo de cinco meses a partir de la publicación de
la LSSI en el BOE, Telefónica deberá presentar al MCYT, para
su aprobación en el plazo de un mes, un plan de actuación
"detallado" para que los abonados a líneas TRAC puedan acceder
a Internet.
Además, dicho plan deberá incluir soluciones tecnológicas
"eficientes disponibles en el mercado" --y que prevean su
"evolución a medio plazo hacia velocidad de banda ancha sin
que ello conlleve necesariamente su sustitución" por si
también fuera declarado servicio universal en el futuro-- para
garantizar el derecho a disponer, previa solicitud a partir de
la aprobación del plan, de la posibilidad de acceso funcional
a Internet "en el plazo máximo de sesenta días desde la fecha
de dicha solicitud en las zonas con cobertura".
CALENDARIO
Para ello, se establece un calendario para que antes del 30 de
junio de 2003, al menos el treinta por ciento de los usuarios
de TRAC puedan acceder a la Red; no menos del setenta por
ciento antes de finales de 2003; y el cien por cien antes del
31 de diciembre de 2004. Esta implantación deberá alcanzar, al
menos, a la mitad de los abonados en todas las Comunidades
Autónomas antes de finales de 2003 y el plan deberá vigilar
también el criterio de mayor densidad de abonados afectados.
Asimismo, la enmienda recoge que Telefónica de España podrá
concluir con otros operadores titulares de concesiones de
dominio público radioeléctrico contratos de cesión de derechos
de uso de las bandas de frecuencia ncesarias para el
cumplimiento de estos objetivos, previa aprobación del
departamento dirigido por Anna Birulés.
sábado mayo 24, 2014 |