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El Supremo da la razón a los hoteleros y rechaza la demanda de la SGAE

El Alto tribunal dictó sentencia con fecha del 10 de mayo en la que dictamina que las habitaciones son domicilio privado.


La Sala I del Tribunal Supremo ha dado la razón a los hoteleros en su conflicto con la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), al asegurar que las habitaciones de los hoteles son domicilio privado también a los efectos de la propiedad intelectual, por lo que este organismo no puede cobrar derechos por los receptores de televisión que se encuentran en su interior, informó la Federación Española de Hoteles (FEH) en un comunicado.

En una sentencia fechada el 10 de mayo, el Supremo indica que que "no hay comunicación pública cuando en la habitación de un hotel se contempla la televisión o se escucha la radio, utilizando aparatos instalados en la misma para el disfrute del cliente".

Asimismo, apunta que no se ha producido efectivo acto de comunicación, generador de los derechos que reclama SGAE, sino sólo un acto de recepción de una comunicación emitida por una entidad televisiva, que ya satisface los derechos estatales correspondiente. Subraya asimismo que "la simple recepción no equivale a comunicación pública".

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