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La RDSI ya no es patrimonio de Telefónica |
La Audiencia de Barcelona liberaliza el uso del término 'RDSI' para todas las
empresas de tecnología |
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Agencias - La Audiencia de Barcelona ha liberalizado el
uso del término 'RDSI' para todas las empresas de tecnología. La Sección
Decimoquinta de la Audiencia ha tomado esta decisión tras anular las marcas
registradas por la compañía Telefónica, que entre 1988 y 1990 registró las
siglas correspondientes a 'Red Digital de Servicios Integrados' (RDSI) para
diferentes servicios y productos.
La compañía Telefónica demandó ante un juez de primera instancia de Barcelona a
su principal competidora en el sector, Retevisión, por el uso indebido del
término 'RDSI', que Telefónica consideraba de su propiedad.
La compañía demandante quería hacer valer sus derechos sobre la marca 'RDSI'
registrada por la empresa para designar, en primer lugar, servicios de
telecomunicaciones, en segundo lugar, cartón, papel y productos de imprenta, y
en tercer lugar, aparatos telefónicos.
Telefónica exigía que Retevisión dejara de utilizar la palabra 'RDSI' para
ofrecer servicios de telecomunicaciones a nivel provincial, interprovincial e
internacional y le resarciera por los perjuicios causados.
El titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Barcelona rechazó la
demanda presentada por Telefónica así como la demanda de reconvención
interpuesta por la demandada Retevisión.
Telefónica acudió a la Audiencia de Barcelona presentado un recurso de apelación
que ha sido rechazado de pleno por la Audiencia, que ha estimado además, las
alegaciones presentadas por Retevisión y ha decidido anular o declarar la
caducidad de la marcas registradas.
Según la sentencia de la Sección Decimoquinta de la Audiencia de Barcelona, la
marca RDSI "carece de carácter distintivo" y añade que "palabras tales
como Red, Digital, Servicios o Integrados no pueden diferenciar el origen
empresarial de productos o servicios de telefonía y otros similares".
En cuanto a la denominación RDSI para designar productos de imprenta y
papelería, el tribunal da la marca por caducada ya que no se ha utilizado nunca
por Telefónica desde que fue registrada.
Por esta razón, la Audiencia anula la marca RDSI para designar productos de
telefonía y servicios de telecomunicaciones y da por caducada la marca como
denominación de productos de imprenta.
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domingo, 25 mayo 2014 |
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