|
|
El TSJC cree que los ayuntamientos no pueden limitar la instalación de antenas
móviles con ordenanzas |
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) considera "discutible" el
hecho de que una ordenanza municipal pueda limitar la instalación de antenas de
telefonía móvil y aboga por otro sistema, "un instrumento de planeamiento,
integrado por documentos más complejos y aprobado en el seno de un procedimiento
distinto". |
|
El Alto Tribunal catalán entiende que las ordenanzas municipales no contienen
una verdadera regulación de la disposición geográfica de la red y los concretos
lugares donde permitir la ubicación de antenas u otras instalaciones.
En este sentido, recuerda que la normativa municipal sólo se "remite a futuras y
posibles propuestas privadas", lo que supone que no se dispone "de previos
criterios generales plasmados en norma alguna".
En dos sentencias impulsadas por la compañía Telefónica contra las ordenanzas de
dos municipios barceloneses, el Alto Tribunal catalán califica de "incorrecta"
la exigencia, por parte de los consistorios, de "un previo plan de implantación"
de antenas a las compañías de telefonía móvil.
Además, el TSJC recuera que "no es el ayuntamiento el que fija o determina el
desarrollo de la red en su territorio", sino que "cada operador tiene que hacer
su propio e individualizado plan, evidentemente personalizado y no coordinado
con el de otros operadores".
La compañía Telefónica impugnó las ordenanzas municipales de los ayuntamientos
de Gavà y del Masnou (Barcelona) relativas a la instalación de antenas
telefónicas ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJC.
En ambos procesos, la compañía alegó la imposibilidad de presentar un plan de
instalación de antenas móviles, exigidas por la normativa municipal, por la
imposibilidad de "conocerse a priori las necesidades futuras del servicio de
telefonía móvil, ni cuál será su demanda, ni en qué zonas". Asimismo, señaló que
"los constantes avances de la técnica" harían que "el programa quedase superado
en poco tiempo".
No obstante, el TSJC recuerda que la autorización estatal de actividad en el
ámbito de las telecomunicaciones que pueda tener una operadora, "no le exime de
la necesidad de un permiso ambiental establecido en la ordenanza municipal",
aunque puntualiza que "debe reconsiderarse la extensión y proporcionalidad de la
competencia municipal".
|
Enlaces
relacionados |
|
|
Noticias relacionadas |
|
|
Biblioteca del Conocimiento: Documentos y Estudios
sobre
Móviles y
Telecomunicaciones |
|
domingo, 25 mayo 2014 |
|
|