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La Comisión Nacional de Energía amenaza a las eléctricas de que impondrá sanciones si se producen caídas de tensión por culpa de la comercialización de la "Internet electrica"
Apuesta por que las firmas separen jurídicamente la actividad de transmisión de datos y por la elaboración de un desarrollo normativo


 
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La Comisión Nacional de Energía (CNE) pedirá a Endesa, Iberdrola y Unión Fenosa que abonen compensaciones económicas a sus usuarios si por el uso de sus redes para la transmisión de datos se producen fallos en el suministro eléctrico, según se desprende de un informe de este organismo recogido por Europa Press.

El órgano regulador indica que las empresas distribuidoras de electricidad son las responsables de garantizar la continuidad y calidad del suministro eléctrico, por lo que, en su opinión, deberán responder ante posibles fallos de operación derivados del uso de sus instalaciones para servicios de telecomunicaciones con compensaciones económicas.

Asimismo, afirma que la filial de la compañía eléctrica que desarrolle esta actividad tecnológica, conocida como Power Line Comunication (PLC), también será responsable de esas interrupciones eventuales, de manera que deberán realizar compensaciones mediante el distribuidor.

De igual modo, indica que cuando la instalación u operación de la actividad de PLC requiera actuaciones sobre instalaciones eléctricas que conlleven cortes programados en el suministro, las filiales de las eléctricas deberán pedir permiso al organismo competente para llevar a cabo esta iniciativa.

En cualquier caso, la CNE considera que la distribuidora será la responsable de gestionar las posibles incidencias "negativas" o "positivas" que en determinadas circunstancias podría tener dicha actividad tecnológica sobre el suministro.

Para el organismo que preside Pedro Meroño este nuevo negocio incidirá "positivamente" sobre las distribuidoras, dado que automatizarán sus redes por el despliegue del servicio de telecomunicaciones, lo que conllevará una optimización de la calidad y gestión de sus infraestructuras.

Estas son algunas de las conclusiones de las tres respuestas elaboradas por la CNE a la consulta de la la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) sobre la autorización a Endesa, Iberdrola, y Unión Fenosa de las licencias de operador de la tecnología PLC y sus consecuencias en el sector eléctrico por el uso de redes de baja y media tensión.

Nuevas empresas para comercializar el servicio de Internet eléctrica

La CNE asegura en este informe que "desde el punto de vista jurídico" no existe ningún impedimento para que las eléctricas desarrollen la actividad de PLC y la de suministro eléctrico conjuntamente, pero aboga por que las empresas separen jurídicamente ambos negocios.

"La empresa que ostente la titularidad de la actividad PLC, deberá estar separada jurídicamente de la empresa de titular de las actividades de transporte y/o distribución de electricidad", indica, y recomienda preservar la separación contable del negocio de transmisión de datos.

Por ello considera conveniente que se establezcan procedimientos de imputación contable y de control por parte de la CMT, con el fin de proporcionar la información contable correspondiente a dicho negocio a la CNE, y así lo tenga en cuenta a la hora de determinar las tarifas, los peajes y la retribución de las actividades energéticas.

El desarrollo normativo debe ser previo a la concesión de licencias

Otra de las propuestas que realiza el organismo es el desarrollo normativo que deberá existir con carácter previo al otorgamiento de cualquier autorización energética.

En concreto, plantea que ese desarrollo contemple el régimen regulatorio económico aplicable a los ingresos derivados de dicha actividad y una autorización previa de la administración competente en materia de energía para el uso de las redes eléctricas para el servicio de telecomunicaciones.

Por último, sugiere constituir un grupo de trabajo con la CMT para intercambiar la información económica y regulatoria relacionada con el establecimiento de la contraprestación que la actividad PLC debe otorgar a la actividad de distribución de electricidad.

 


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domingo, 25 mayo 2014

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