La Comisión Nacional de Energía (CNE) pedirá a Endesa,
Iberdrola y Unión Fenosa que abonen compensaciones económicas a sus usuarios
si por el uso de sus redes para la transmisión de datos se producen fallos en el
suministro eléctrico, según se desprende de un informe de este organismo
recogido por Europa Press.
El órgano regulador indica que las empresas distribuidoras de electricidad son
las responsables de garantizar la continuidad y calidad del suministro
eléctrico, por lo que, en su opinión, deberán responder ante posibles fallos de
operación derivados del uso de sus instalaciones para servicios de
telecomunicaciones con compensaciones económicas.
Asimismo, afirma que la filial de la compañía eléctrica que desarrolle esta
actividad tecnológica, conocida como Power Line Comunication (PLC), también será
responsable de esas interrupciones eventuales, de manera que deberán realizar
compensaciones mediante el distribuidor.
De igual modo, indica que cuando la instalación u operación de la actividad de
PLC requiera actuaciones sobre instalaciones eléctricas que conlleven cortes
programados en el suministro, las filiales de las eléctricas deberán pedir
permiso al organismo competente para llevar a cabo esta iniciativa.
En cualquier caso, la CNE considera que la distribuidora será la responsable de
gestionar las posibles incidencias "negativas" o "positivas" que
en determinadas circunstancias podría tener dicha actividad tecnológica sobre el
suministro.
Para el organismo que preside Pedro Meroño este nuevo negocio incidirá
"positivamente" sobre las distribuidoras, dado que automatizarán sus redes por
el despliegue del servicio de telecomunicaciones, lo que conllevará una
optimización de la calidad y gestión de sus infraestructuras.
Estas son algunas de las conclusiones de las tres respuestas elaboradas por la
CNE a la consulta de la la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT)
sobre la autorización a Endesa, Iberdrola, y Unión Fenosa de las licencias de
operador de la tecnología PLC y sus consecuencias en el sector eléctrico por el
uso de redes de baja y media tensión.
Nuevas empresas para comercializar el servicio de Internet eléctrica
La CNE asegura en este informe que "desde el punto de vista
jurídico" no existe ningún impedimento para que las eléctricas desarrollen la
actividad de PLC y la de suministro eléctrico conjuntamente, pero aboga por que
las empresas separen jurídicamente ambos negocios.
"La empresa que ostente la titularidad de la actividad PLC, deberá estar
separada jurídicamente de la empresa de titular de las actividades de transporte
y/o distribución de electricidad", indica, y recomienda preservar la
separación contable del negocio de transmisión de datos.
Por ello considera conveniente que se establezcan procedimientos de imputación
contable y de control por parte de la CMT, con el fin de proporcionar la
información contable correspondiente a dicho negocio a la CNE, y así lo tenga en
cuenta a la hora de determinar las tarifas, los peajes y la retribución de las
actividades energéticas.
El desarrollo normativo debe ser previo a la concesión de licencias
Otra de las propuestas que realiza el organismo es el desarrollo normativo que
deberá existir con carácter previo al otorgamiento de cualquier autorización
energética.
En concreto, plantea que ese desarrollo contemple el régimen regulatorio
económico aplicable a los ingresos derivados de dicha actividad y una
autorización previa de la administración competente en materia de energía para
el uso de las redes eléctricas para el servicio de telecomunicaciones.
Por último, sugiere constituir un grupo de trabajo con la CMT para intercambiar
la información económica y regulatoria relacionada con el establecimiento de la
contraprestación que la actividad PLC debe otorgar a la actividad de
distribución de electricidad.
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