La actualidad - Móviles y Telecomunicaciones

 

El TSJC avala el despido de una empleada que facturó 4.000 euros en llamadas personales con el móvil de la empresa 
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado el despido de una trabajadora cesada por facturar 4.312 euros en llamadas personales con el móvil de la empresa. La dirección de la empresa despidió a la empleada acusándola de "fraude, deslealtad y hurto" por su conducta, según recoge Europa Press


 
Noticias relacionadas
 
El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Girona, en sentencia de 15 de abril de 2003 declaró "procedente" el despido de Dorothee P.F., empleada desde mayo de 1999 en el centro de trabajo que la empresa, la agencia de viajes Feria Tours, tenía en Lloret de Mar (Girona).

El 11 de diciembre de 2002, la dirección le comunicó por carta su despido por "motivos disciplinarios". En la misiva se argumentaban razones de "infracción de la buena fe contractual" por parte de la trabajadora. Concretamente, se la acusaba de haber utilizado de forma reiterada el teléfono móvil de la empresa con fines "personales".

Esta acusación se amparaba en una relación de facturas correspondiente a los meses en que la trabajadora estuvo de baja, de julio a diciembre de 2002, en los cuales realizó llamadas por importe de 4.312,91 euros.

Reactivo al teléfono para usarlo durante la baja

La dirección de la empresa le reprochaba que pese a haber restringido el servicio de llamadas por encontrarse en situación de baja, la empleada, de forma unilateral y sin comunicarlo a nadie, reactivó el servicio para utilizar el teléfono con usos exclusivamente particulares.

Asimismo, la dirección la acusó de seguir trabajando aprovechándose de su vinculación con Feria Tours pese aun estando en situación de baja laboral. De este modo, la empresa asegura que la trabajadora se apropió del importe de varios servicios prestados con motivos de unas excursiones organizadas por la agencia de viajes en julio de 2002 sin liquidar dichas cantidades a la agencia.

La trabajadora impugnó el despido ante la Sala de lo Social del TSJC, alegando entre otros motivos, que la infracción había "prescrito". El Alto Tribunal catalán señala que no puede entrar a valorar esa objeción por motivos de "equidad", puesto que no fue alegada con anterioridad en ningún momento del proceso.

Al margen de la prescripción, el tribunal considera que la conducta de la trabajadora puede considerarse como "trasgresión voluntaria y culpable de la buena fe contractual", ya que con su comportamiento "violó no sólo la lealtad a la que estaba obligado" sino "los deberes de probidad y diligencia" que recoge el estatuto de los trabajadores. Por todo ello, confirma el despido.
 

Enlaces relacionados
 

Biblioteca del Conocimiento: Documentos y Estudios sobre Móviles y Telecomunicaciones
domingo, 25 mayo 2014

Noticiasdot.com
Edita : Noticias Digitales SL - Editor ejecutivo y Director:  Angel Cortés


Noticiasdot.com Stilo Cine Viajes Gadgetmania
  Más 18 RSS Suscripciones  

Direcciones de correo electrónico: Redacción - Información - Anunciate en Noticiasdot.com: Publicidad - ¿Quienes somos? - Redacción en Chile: Transmedia.cl

Con el patrocinio de FRANQUICIA LASER GAME QUASAR ELITE Laser Game