Los actos de comunicación pública se producen esencialmente en los establecimientos de hostelería con las clasificaciones más altas (5, 4 y 3 estrellas, tenedores o equivalentes categorías de los restantes establecimientos). En España hay más de 3.000 hoteles de estas características.
Respecto del resto, dado el número, la heterogeneidad y las distintas características y servicios, una aplicación posible para evitar imprecisiones o ambigüedades conlleva la definición para cada empresa de una serie de criterios.
Los establecimientos hosteleros inscritos en la Fehr de cinco, cuatro y tres estrellas o equivalentes (hoteles, hostales, moteles, apartamentos, restaurantes, cafeterías, bares) que realicen actos de comunicación pública de obras o grabaciones audiovisuales deben pagar una contraprestación por la obtención de la autorización, así como la remuneración correspondiente para realizar los actos de comunicación pública.
Contraprestaciones
Las cantidades económicas acordadas son: 3,40 euros por plaza disponible y mes
para los establecimientos de gran lujo y cinco estrellas, tenedores o
equivalentes; 3,00 euros para cuatro estrellas; y 2,20 euros para tres
estrellas.
Para facilitar una aplicación gradual, se establecen hasta el 31 de diciembre
de 2008 las siguientes reducciones: 1,65 para gran lujo y 5 estrellas; 1,23
euros para 4 estrellas y 0,93 euros para 3 estrellas.
Sobre estas tarifas, se descontarán distintos porcentajes, en relación al
nivel medio de ocupación de cada una de las provincias.