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¿Garantías para el móvil?, según la ley esta debe alcanzar los dos años
Aunque la mayoria de los consumidores lo desconoce, la ley protege al comprador en sus compras y obliga a las empresas a alargar la garantia del bien adquirido hasta los dos años siguientes.

 
 
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Según explica el semanario "La Economía Balear", con la nueva ley de Garantías vigente hace un año, el cliente tiene derecho a la devolución del articulo, incluso sin que éste resulte defectuoso, durante los seis primeros meses después de ser adquirido.

Una vez pasado ese plazo sólo se lo cambiarán si tiene algún defecto y puede demostrar que ya existía en el momento de adquirirlo. Y así con cualquier “bien mueble corporal” que compre. Fuera quedan los bienes inmuebles, los servicios y la compraventa entre particulares, a pesar de que cada vez es más habitual en Internet. La Ley obliga al vendedor a entregar un bien conforme con el contrato de compraventa.

Para reclamar, el comprador dispone de dos años desde la entrega del bien. Si la falta de conformidad se manifiesta en los seis primeros meses, se presume que dicha falta existía cuando se adquirió. Sin embargo, desde el sexto mes deberá demostrar que el vicio existía al comprarlo. Para la subdirectora de los Servicios Jurídicos de Ausbanc, María José Lunas, la Ley tiene aquí su ‘talón de Aquiles’, pues la obligación de demostrar que la falta de conformidad ya existía “deja a la reforma de la Ley vacía de contenido, retomando el antiguo plazo legal de seis meses”. Para Lunas, “no sería una verdadera ampliación, sino otras modificaciones de aspectos distintos del plazo de duración de la garantía”. Otro punto oscuro sería el plazo de devolución.

¿Quién responde?

El vendedor es la primera persona que tiene que atender al consumidor. Sin embargo, si al consumidor le resulta imposible o le supone una carga excesiva dirigirse a él, podrá reclamar al fabricante o importador. Aun así, aunque renuncie a los derechos que establece la Ley o le impongan esta condición para, por ejemplo, conseguir un precio más ventajoso

Cómo reclamar

Es importante reclamar siguiendo los requisitos estipulados por la nueva ley de garantías. Existen tres formas para hacerlo: personalmente, por escrito o por teléfono, Es condición indispensable proporcionar datos como el nombre, la dirección y teléfono de la empresa contra la que se reclama. El objeto de la reclamación, haciendo referencia a las circunstancias en que se adquirió el bien. La nueva ley dispone que se debe aportar la solución que se pide obtener y adjunte fotocopia de la documentación que se relacione con el asunto por el que se reclama.


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domingo, 25 mayo 2014

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