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El proyecto de ley de Propiedad Intelectual deja la cultura como monopolio de
las entidades de gestión de los derechos de autor |
Ante la inminente y escasamente debatida anteproyecto para la reforma de la ley
de la propiedad intelectual Hispalinux ha emitido un comunicado expresando su
preocupación por la falta expresa de sensibilidad con la sociedad del
conocimiento. |
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Postura de Hispalinux ante el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad
Intelectual.
Hispalinux quiere mostrar su honda preocupación ante el anteproyecto de
reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que el Ministerio de
Cultura y las Sociedades de Gestión colectiva de Derechos de Autor
se proponen llevar a cabo.
Dicho anteproyecto podría suponer un serio menoscabo al avance hacia una
Sociedad del Conocimiento Libre, sustituyendo la posibilidad de alcanzar una
sociedad plural y rica en contenidos de calidad, por otra donde el acceso, uso
y propagación de los contenidos artisticos, cientificos ,culturales,
intelectuales y tecnológicos esté regido exclusivamente por meros reglas
mercantilistas y sometido, mediante rígidos controles en manos de unos pocos, a
exclusivos intereses comerciales.
Hispalinux muestra su preocupación ante la redacción final que podrían tener
algunos de los artículos de dicha ley ya que podrían cercenar derechos
elementales, como por ejemplo el 138, 139, 141, donde se especifica que
"se podrán adoptar medidas cautelares", consistentes en suspensión de
servicio y secuestro de material, "contra los intermediarios a cuyos
servicios recurra un tercero" ... "aunque los actos de dicho intermediario no
constituyan en si mismo una infracción"
El Articulo 107 establece que los derechos de remuneración por
comunicación pública serán establecidos, gestionados y repartidos
exclusivamente por las entidades de gestión de propiedad intelectual lo que
podría suponer en la práctica que el acceso al patrimonio cultural quedaran en
manos de entidades privadas y que éstas se convirtieran en “monopolios de
facto” que determinaran el acceso al Conocimiento cuando es precisamente el
Ministerio de Cultura el responsable de garantizar a todos los ciudadanos el
acceso a la cultura, como establece nuestra Carta Magna.
El articulo 160 criminaliza la investigación tecnológica bajo la premisa de que
la mera posesión de tecnología "que pudiera servir para eludir medidas de
protección" es constitutiva de delito y ya que cuando hablamos de tecnología
digital indefectiblemente estamos hablando de Software nos preocupa en realidad
se esten dando pasos para convertir la programación de ordenadores en delito.
Por otro lado esta reforma no acomete el problema del llamado "canon del CDROM"
(pago compensatorio por el ejercicio del derecho de copia privada por parte de
los consumidores), que podría ser ampliado a otros soportes e infraestructuras
digitales como lineas ADSL, Ordenadores, DVD, TDT, etc. Hispalinux considera
que dicha compensación no debe aplicarse a los recursos digitales
indiscriminadamente sino que debe establecerse, si es el caso, como % del PVP
de los originales distribuidos y debe percibirse directamente por el autor.
Estamos asistiendo a un cambio de era, donde el conocimiento se puede usar,
copiar, modificar y redistribuir con unos costes despreciables (comparados con
los de la era analógica). Ello conlleva nuevas formas de relación humana y
también nuevas actividades sociales y de intercambio de información y
conocimiento.
Hispalinux cree que es necesaria una profunda reformulación de la legislación
para que el conocimiento y la prosperidad se democraticen y alcancen a todo el
mundo.
Los programas de ordenador establecen hoy "las formulas" que rigen nuestras
vida diaria y se encuentran ubicados dentro de la Ley de Propiedad Intelectual
tanto en su forma de "código fuente" (ordenes inteligibles por el ser humano)
como en su forma de "código objeto" (transformación de esas ordenes a lenguaje
binario para que sea ejecutable por una máquina). Es paradógico que la LPI
ampare articulos ininteligibles para el ser humano cuando su finalidad es
precisamente estimular la creacción asegurandose de que el conococimiento queda
a disposición de la sociedad.
Por ello instamos al Gobierno y a todas las fuerzas politicas a que tomen en
consideración que la "propiedad intelectual" no es un fin en si mismo ni en
realidad una forma de propiedad sino aquello que le es propio y consustancial
al ser humano (Suidad Intelectual [*]) y que el hecho de que a lo largo de la
historia no se haya podido impedir usar el conocimiento aportado por los demás,
copiarlo, modificarlo y redistribuirlo ha sido precisamente lo que ha permitido
el avance de la Humanidad. Esa es la esencia de la "propiedad intelectual" en
la era digital, e intentar regularlo de la misma manera que se hacía en la era
analógica no facilitará el reparto de riqueza, sino que podría suponer un
impedimento a la creación y la innovación; y podría poner en peligro el futuro
de las nuevas generaciones y nuestro propio presente.
[*] Juan de Lugo Disputatiorum de iustitia et iure (1642)
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sábado, 24 mayo 2014 |
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