El Juzgado de Primera Instancia Nº 43 de Madrid ha dictado un auto, de fecha 1
de abril de 2005, mediante el cual rechaza la pretensión de la operadora de
telecomunicaciones Auna para que se procediera a ejecutar provisionalmente un
laudo arbitral dictado, el pasado 1 de junio de 2004, por la Comisión del
Mercado de las Telecomunicaciones y recurrido ante la Audiencia Provincial por
Sogecable. Dicho laudo admitía la solicitud de Auna para acceder a los canales
de deportes de Canal+ .
La CMT ya rechazó, el 1 de junio de 2004, la pretensión de Auna sobre su acceso
a Canal+ y Canal+ Cine, reconociendo la exclusividad de Sogecable sobre estos
canales.
La mencionada resolución reconocía que Sogecable cumplía con las
condiciones impuestas por el Gobierno ante la integración de Vía Digital al
ofrecer el Canal Gran Vía a aquellos operadores que quisieran contratar un canal premium.
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