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Agencias.- Las empresas brasileñas tienen derecho a vigilar el correo
electrónico de sus empleados, según una sentencia del Tribunal Superior de
Trabajo (TST) de Brasil, de la que informa hoy una revista especializada en
asuntos jurídicos.
La decisión del tribunal, que sentó un precedente en el país, consideró que la
aseguradora HSBC Seguros Brasil actuó legalmente al revisar el correo
electrónico de uno de sus trabajadores para explicar una destitución "por
justa causa".
La aseguradora inspeccionó la cuenta de su dominio que concedió al empleado
para efectos laborales luego de recibir informaciones de que el trabajador la
utilizaba para enviar a sus colegas fotografías de mujeres desnudas.
El empleado, que trabajaba en la filial de la aseguradora en Brasilia, alegó
que la empresa obtuvo de forma ilegal las pruebas para justificar el despido,
ya que invadió su intimidad.
El argumento del empleado fue aceptado por un juez de primera instancia, que
consideró que la empresa, por no tener pruebas legales para justificar la
destitución por justa causa, tenía que pagar las indemnizaciones previstas por
la legislación laboral.
Esa decisión fue anulada la semana pasada por el Tribunal Superior de Trabajo,
la máxima instancia de la justicia laboral, que dio la razón a la empresa,
según la revista "Consultor Jurídico".
El tribunal consideró que los principios constitucionales que garantizan el
secreto de la correspondencia y el derecho a la privacidad en Brasil se
refieren a comunicaciones estrictamente personales y no a comunicaciones
empresariales.
Según la sentencia, el empleador puede ejercer, "de forma moderada,
generalizada e impersonal", el control de los mensajes enviados y recibidos
por sus empleados en cuentas de correo electrónico que hayan sido ofrecidas por
la empresa.
De acuerdo con el magistrado Joao Oreste Dalazen, relator del proceso, dicho
control se justifica ante la necesidad de evitar abusos que puedan causar
perjuicios a la empresa.
Agregó que la cuenta de correo electrónico ofrecida por la empresa puede ser
definida jurídicamente como una "herramienta de trabajo".
El magistrado admitió que los empleados pueden utilizar las cajas de correo
electrónico cedidas por las empresas para fines particulares pero en forma
"comedida" y "desde que sean observadas la moral y las buenas costumbres".
Dijo igualmente que el código secreto por el que el empleado puede ingresar a
su caja de correo no sirve para garantizar el sigilo de su correspondencia sino
para evitar que terceros tengan acceso a informaciones de la empresa.
Ante la ausencia de normas específicas para el uso del correo electrónico de
empleados en Brasil, el magistrado citó casos en otros países, como en Reino
Unido y Estados Unidos.
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