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La decisión, adoptada por unanimidad por el Tribunal Supremo de los EEUU,
envía el caso nuevamente a los tribunales inferiores, que en el pasado fallaron
a favor de Grokster Ltd. y StreamCast Networks Inc. alegando que nos podía
demandar a estas compañías por la utilización que realizaran los usuarios de sus
aplicaciones.
El comportamiento reprobable de los servicios para compartir archivos no debería
obtener carta blanca, indicaron los magistrados, señalando que existen
suficientes pruebas de intenciones ilícitas como para que el caso vaya a juicio.
"Sostenemos que aquel que distribuye un artilugio con el objeto de impulsar
su uso para infringir los derechos de autor, como queda de manifiesto por la
expresión manifiesta o mediante otros pasos para impulsar esa infracción, es
responsable por los resultados de la infracción cometida por terceras partes",
escribió el juez David H. Souter al explicar la decisión.
Lo que debatió hoy el Supremo fue si los servicios para compartir archivos
debían ser considerados responsables del comportamiento que millones de usuarios
de internet -sobre los que no tienen control- hacen de un programa informático
que ellos distribuyen gratis.
Según la industria discográfica, hasta el 90 por ciento de las canciones y
películas que se copian en los servicios para compartir archivos se bajan de
internet de forma ilegal.
El sector discográfico y los productores de películas reclaman que necesitan
protección legal ante las pérdidas millonarias que les originan este tipo de
servicios.
El caso Betamax
La jurisprudencia de los tribunales inferiores había beneficiado hasta ahora
a los servicios para compartir archivos, al basarse en una decisión de 1984 del
Tribunal Supremo según la cual Sony no podía ser demandada por el uso irregular
que los consumidores hiciesen de sus aparatos de vídeo.
La jurisprudencia "Betamax" fue fruto de las demandas de la industria
cinematográfica al demandar a Sony cuando este lanzó al mercado los primeros
video-grabadores que permitían copiar la programación de la TV. La industria
consideró que estas copias eran ilegales y ponía en peligro los ingresos del
sector al alentar la pirateria entre los consumidores.
Con el fallo del Supremo favorable a Sony se facilitó la salida de nuevos
productos al mercado como las cámaras de video, los grabadores domésticos de CD
y DVD, los reproductores MP3, etc ya que la jurisprudencia descargaba al
fabricante de la responsabilidad legal sobre el uso que los consumidores
hicieran de los dispositivos que fabricaban.
Así toda la polémica en torno a los sistemas P2P sigue girando alrededor del
concepto del uso “esencialmente no-ilegal” de la tecnología. Hasta la
fecha se sostenía que cualquier producto puede ser fabricado y comercializado
siempre y cuando contemple un uso mayoritariamente legal, aunque también pueda
ser utilizado de manera ilegal en alguna circunstancia.
Un ligero cambio en esta interpretación dejaría fuera de la ley a los
fabricantes de reproductores-grabadores de CD, DVD, MP3, etc.
Indemnizaciones multimillonarias
En el caso contra Grokster y Streamcast, la corte Suprema de Estados Unidos
considero que las cortes inferiores habían hecho una interpretación muy amplia
de esta jurisprudencia mientras que por el contrario las empresas acusadas
habían hecho muy poco por impedir el intercambio ilegal de archivos.
Para el Supremo, las cortes de segunda instancia podrán alterar la decisión
que tomaron y tomar en en consideración otros factores que implicarían si estas
colaboraron o no con el uso ilegal de la tecnología por parte de los usuarios.
Según el sitio The Register, uno de los jueces de la corte afirmó que existen
abundantes pruebas de que tanto Grokster como StreamCast distribuyeron su
software gratuito con el claro propósito de alentar a sus usuarios a descargar
archivos protegidos por copyright y que tomaron medidas “activas” para incitar
las actividades ilegales.
Es decir, si se demostrase que estas compañías alimentan el intercambio
ilegal con sus aplicaciones y que no limitan el acceso a aquellas obras
protegidas podrían ser consideradas culpables, según la opinión del Supremo.
En este caso deberían enfrentarse a indemnizaciones multimillonarias que les
serian reclamadas por la industria discográfica, cinematográfica, artistas e
interpretes lo que conduciría a su desaparición definitiva del mercado.
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