Móviles y Telecos

 

Hablar por teléfono al volante o conducir sin cinturón estará multado desde hoy con hasta 300 euros
Entra en vigor el apartado de la reforma de la Ley de Seguridad Vial referente a infracciones y sanciones

 
 
Noticias relacionadas
 

Acciones como hablar por el móvil mientras se conduce o no ponerse el cinturón de seguridad serán multadas con hasta 300 euros desde hoy, cuando entra parcialmente en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Esta normativa modifica al alza la calificación de una serie de infracciones y sus correspondientes sanciones (éste es el apartado que entra en vigor).

La nueva ley, que sancionará también con multas de hasta 600 euros los excesos de velocidad, prevé además el establecimiento del permiso de conducir por puntos en el plazo máximo de un año, la impartición de cursos de reeducación vial y medidas tendentes a eliminar barreras que afecten a las personas con discapacidad.

La Dirección General de Tráfico (DGT) comunicó ayer las novedades que han sido introducidas en las infracciones y sanciones de la reforma. Estos cambios han sido realizados en base a tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves, encontrándose en estas dos últimas los más significativos.

Entre las infracciones graves, que estarán multadas con entre 91 y 300 euros y que podrían tener aparejada la retirada del carné entre uno y tres meses, destacan conducir sin llevar puesto el cinturón de seguridad en los coches o el casco en las motos, viajar hablando por el móvil al volante, llevar un niño sin sistema de retención infantil, circular con el carné caducado, o usar detectores de radar.

Pérdida de puntos

En cuanto a la pérdida de puntos, Tráfico dijo que no se podrán perder más de ocho en el mismo día, salvo faltas muy graves, que estarán multadas con entre 301 y 600 euros y llevarán adjunta, además, la suspensión del permiso de conducir. La DGT establece que los conductores profesionales podrán examinarse en caso de pérdida completa de los puntos en un plazo de tres meses.

Entre este tipo de infracciones se recoge circular con tasas de alcohol superiores a las permitidas o bajo la influencia de drogas, no someterse a las pruebas que detectan dichas sustancias, o sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima permitida.

Además, la nueva legislación contiene algunas de las disposiciones que en materia de discapacidad presentó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Así, contempla la necesidad de que las autoescuelas y los centros dependientes de la Administración en materia de tráfico y circulación sean accesibles para las personas discapacitadas.

El texto también prevé la realización de cursos de sensibilización y reeducación vial, con el objetivo de concienciar a los conductores sobre su responsabilidad como infractores y las consecuencias derivadas de su comportamiento, entre las que se pueden destacar las discapacidades cerebrales y medulares.


 


Enlaces relacionados
 

Biblioteca del Conocimiento: Documentos y Estudios sobre Móviles y Telecomunicaciones
miércoles, 10 agosto 2005

Noticiasdot.com
Edita : Noticias Digitales SL - Editor ejecutivo y Director:  Angel Cortés


Noticiasdot.com Stilo Cine Viajes Gadgetmania
Empleo Más 18 RSS Suscripciones  

Direcciones de correo electrónico: Redacción - Información - Anunciate en Noticiasdot.com: Publicidad - ¿Quienes somos?

Con el patrocinio de FRANQUICIA LASER GAME QUASAR ELITE Laser Gam