La decisión vino motivada por la queja de seis canales de TV en
abierto del interior de Argentina y dos asociaciones empresariales que se
produjo a mediados del 2003. En esta afirmaban que las señales de TV en abierto
se mantenían gracias a la venta de espacios publicitarios pidiendo que “se
arbitren medidas tendientes a evitar que se continúe con el abuso de la venta
publicitaria realizada por circuitos cerrados de televisión o señales de
televisión satelital”. El organismo estatal estudio
durante dos años la queja y finalmente resolvió limitar la inserción de espacios
publicitarios en aquellos canales que no cumplieran con un minimo de producción
propia y nacional.
En líneas generales, se determina que aquellas señales que tengan 51% o más de
producción nacional podrán seguir emitiendo los doce minutos por hora de
publicidad reguladas en la Ley Nacional de Radiodifusión. En el caso de
los canales, tanto locales como extranjeros, que no respetasen este porcentaje
(es decir que se nutriesen exclusivamente de programas producidas por las
matrices o afiliadas fuera de Argentina) deberán repartirse entre todas los doce
minutos por hora en donde se permite colocar pauta publicitaria.
Esta restricción incluye a no menos de ochenta señales de cable internacionales,
entre las que se incluyen, entre otras, el canal de noticias CNN, las de series
Sony y Fox y Cartoon Network, que transmiten programas infantiles.
Este dictamen es considerado por las fuentes cercanas al tema como vinculante,
ya que obliga al Comfer y a todos los abogados del Estado nacional a aplicarlo.
Sin embargo, no excluye la posibilidad de que los afectados realicen
presentaciones en busca de que la Justicia atienda sus argumentos. |