Entre los supuestos de reclamación, según señala la entidad, se hallan
denominaciones de entidades válidamente registradas en España, denominaciones o
indicaciones de origen, nombres comerciales, marcas registradas, instituciones
públicas, nombres civiles o pseudónimos notorios, que identifiquen
profesionalmente a creadores intelectuales, políticos, deportistas o artistas,
detalla en un comunicado.
Los solicitantes podrán recuperar un dominio '.es' mediante la interposición de
la correspondiente demanda que deberá estar sujeta al Reglamento aprobado por
Red.es y que aparece publicado en www.nic.es El proveedor tramitará la demanda
con independencia e imparcialidad, asignando un experto cualificado e
independiente, quien a tenor del Reglamento dictará una resolución. En todo
momento quedará abierta la posibilidad de acudir a la vía judicial.
Red.es, de acuerdo al Reglamento, bloqueará los dominios ".es" objeto de
controversia, para que no pasen a manos de un tercero mientras el experto dicta
la correspondiente resolución. El sistema desarrollado por la entidad pública
empresarial Red.es es similar al procedimiento universalmente conocido como UDRP
(Uniform Domain Name Dispute Resolution Policy), probado en más de 8.000 casos
en todo el mundo.
Las entidades de arbitraje son la Asociación Española de Comercio Electrónico y
Marketing relacional (AECEM), la Asociación para la Autorregulación de la
Comunicación Comercial (Autocontrol), el Consejo Superior de Cámaras de
Comercio, Industria y Navegación de España, y el Centro de Arbitraje y Mediación
de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
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