Para CLI, "el debate existente entorno a la vigilancia
electrónica del trabajador no sería tal, si se respetasen las garantías exigidas
por el derecho fundamental a la intimidad y la protección de datos personales".
Así, CLI se mostró "en desacuerdo con la arbitrariedad del
empresario para controlar todas las comunicaciones electrónicas que el
trabajador realiza desde su puesto de trabajo" y, por otro lado, considera
"necesario" que el trabajador sea informado de las posibilidades de
control que se establecerían en su entorno de trabajo.
Los acuerdos entre empresarios y trabajadores, "dentro del
necesario marco legal y siguiendo el principio de proporcionalidad, sentarían de
forma pacífica las bases de los sistemas de control".
Sin embargo, CLI reconoce que "el empresario debe velar
por el buen hacer de su empresa, lo que le permitirá establecer medidas de
seguridad que impidan la divulgación de secretos de empresa, la difamación o
menoscabo de la imagen de ésta (implícita en las direcciones de correo
electrónico corporativo), el mal uso de las herramientas de trabajo puestas a
disposición del empleado, etc".
Forman parte de la CLI la Asociación Pro Derechos Humanos de
España (APDHE), Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), Federación de
Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública (FADSP), UGT, CCOO, Asociación de
Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática (ALI), así como la Asociación
de Internautas (AI).
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