Agencias - El órgano regulador considera que la telefonía IP fomentará la
innovación y el desarrollo de nuevos servicios y que sus características
permiten en este momento aplicar un régimen de mínima regulación,
"salvaguardando los derechos de los usuarios".
En este sentido defiende la necesidad de realizar un conjunto de acciones en el
ámbito de la numeración, permitiendo a los servicios de voz sobre IP (VoIP) el
uso del mismo tipo de numeraciones geográficas asignado para el servicio
telefónico fijo, "a la vez que se atribuirá un nuevo rango de numeración
específico para este tipo de servicio".
De igual forma, la CMT exigirá a los operadores de este nuevo servicio que
ofrezcan la portabilidad, de igual forma a como vienen haciendo en telefonía
fija y móvil.
Los servicios VoIP requieren disponer de un acceso de banda ancha (ADSL, cable,
etc.), podrán comercializarse como servicios adicionales al telefónico
tradicional (segundas líneas) y ser personalizados (cada miembro de la familia
podrá disponer de un número propio).
Además, la CMT añadió que junto a la posibilidad multiservicio, una de las
características diferenciadoras respecto al servicio telefónico fijo clásico es
su capacidad de reconexión desde cualquier red de acceso dotada de banda ancha,
en cualquier punto geográfico.
Junto a las nuevas posibilidades, la VoIP no podrá "de momento" garantizar un
acceso a los servicios de emergencia "totalmente fiable cuando el usuario no se
encuentre en su ubicación habitual".
Finalmente, la CMT reseñó que la mayoría de operadores ha demandado aplicar a la
VoIP mínimas obligaciones respecto de las aplicadas actualmente a la telefonía
tradicional, al objeto de facilitar su desarrollo, "por otra parte aún
incipiente".
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