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Las Novedades |
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Se obliga a que las altas y las bajas se den en iguales condiciones, sin
trabas adicionales. |
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Se prohíbe el 'redondeo' al alza en la prestación de servicios de
telefonía y aparcamiento, de manera que el usuario pagará por el tiempo
efectivamente consumido. |
3 |
Se prohíbe penalizar al comprador de una vivienda que pida un crédito
hipotecario en un banco distinto al que sugiere el promotor. |
4 |
Se prohíbe trasladar al consumidor gastos de conexiones a los
suministros generales como luz o agua porque se entiende que están incluidos
en el precio de la vivienda. |
5 |
No se podrán endosar al comprador las tasas o impuestos que corresponden
al vendedor como son, por ejemplo, las plusvalías. |
6 |
No podrá exigirse al consumidor el cumplimiento de las obligaciones
sobre las que no se haya informado. |
7 |
Se legitima al Instituto Nacional de Consumo, a las Comunidades
Autónomas y a los municipios para demandar el cese de prácticas contrarias a
la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios. |
8 |
Se eliminarán las cláusulas dudosas que puedan ser perjudiciales para el
consumidor (aquellas cláusulas que interpretan las causas por las que el
empresario elude su responsabilidad, por ejemplo, escudarse en la huelga
como causa de fuerza mayor para no cumplir lo contratado). |
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Operadoras
No comentan nuevo anteproyecto de ley y se mantienen en sus trece: No van a eliminar el redondeo en las tarifas |
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Agencias - El Ejecutivo pretende suprimir el redondeo en estos servicios para
impedir que se cobre por una prestación no realizada. Un anteproyecto estudiado
ayer por el Consejo de Ministros persigue la protección del consumidor al
prohibir otras prácticas abusivas, como que el comprador de una vivienda asuma
el pago de plusvalías que corresponde satisfacer al vendedor.
Según dijo la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, los requisitos para
darse baja en contratos de suministro de luz, agua, gas, ADSL y otros servicios
serán los mismos que se exigen para darse de alta. Con ello se pretende
erradicar las trabas que ponen las compañías para rescindir un contrato cuya
formalización, en cambio, es muy sencilla.
El Ejecutivo tipificará como conducta merecedora de una sanción el penalizar al
comprador de una vivienda que no solicita el crédito hipotecario en la entidad
financiera que desea el promotor. También se prohibirá que el vendedor traslade
al comprador el pago de tasas e impuestos que deben ser abonadas por el
vendedor, como las plusvalías. Asimismo, se impedirá que los gastos de conexión
por el enganche al suministro del gas, agua o alcantarillado sean repercutidos
al comprador de una vivienda, dado que este coste debe estar integrado en el
precio de venta.
«Buena fe»
De modo general quedarán prohibidos los comportamientos que supongan un
quebranto «de la buena fe y del justo equilibro de las obligaciones de las
partes, con independencia de que consten o no en el documento contractual».
El texto legislativo, que ha sido remitido al Consejo General del Poder
Judicial, al Consejo Económico y Social y al Consejo Fiscal para que redacten el
preceptivo informe, pone especial énfasis en evitar el redondeo al alza. Ahora,
al no haber una regulación específica, el usuario está obligado a pagar por
tiempo no consumido: minutos o treinta segundos, en el caso de las telefonía, y
hora o fracción en aparcamiento. Con la nueva normativa, no se permitirá el
redondeo al alza ni en el tiempo consumido, ni en el precio ni en la factura, de
manera que el consumidor pagará por el tiempo real de uso.
Según cálculos de la Federación de Consumidores en Acción (FACUA), los usuarios
de telefonía fija pagaron casi 200 millones de euros por el redondeo del primer
minuto en las llamadas a móviles.
El Gobierno toma esta medida después de que los llamamientos hechos a las
operadoras para que supriman el redondeo resultaran infructuosos. Las compañías
aducen en su descargo que establecer una tarifa por segundos encarecerá el
precio de las llamadas cortas y alegan que la tarifa plana es también un
redondeo, aunque a la baja.
Antes del anuncio de la reforma de la ley, Telefónica Móviles aseguró que
volvería a cobrar por segundo a partir del primer minuto si los clientes se
acogían a un plan concreto para optar por esta fórmula. De su lado, Vodafone
insistía en que la decisión del Ejecutivo carece de sentido en un mercado que
está liberalizado. Tras la decisión del Gobierno, las operadoras se van a tomar
un tiempo para analizar su actuación.
Con la nueva normativa legal, el consumidor tendrá derecho a ser informado de
los pasos necesarios para darse de baja de un servicio que haya contratado En
los contratos de conexión a Internet, así como en los de suministro de
electricidad y energía, es muy común exigir la petición de baja mediante un
certificado. Según Salgado, si para contratar un servicio basta una llamada
telefónica, el mismo trámite debe servir para cancelarlo. En el caso de que las
empresas incumplan este requisito, serán sancionadas |