Prohibido fumar
La Ley prohíbe fumar en los centros de trabajo, en centros sanitarios y
docentes, instalaciones deportivas, centros comerciales o salas de uso público,
y eleva la edad para poder comprar tabaco de los 16 a los 18 años. De
acuerdo con el articulado en cualquier cerrado y de uso publico estará
totalmente fumar. Así por ejemplo, se extiende la prohibición que hasta el
momento existia en los centros comerciales de fumar dentro de los
establecimientos a todas las dependencias del centro. Además, en estos lugares
no podrán habilitarse salas especiales para fumadores.
En los bares y restaurantes que tengan más de 100 metros se tendrá que
habilitar en el plazo de "ocho meses" zonas para fumadores, siempre y cuando
estén separados del resto de las dependencias y cuenten con sistemas de
ventilación.
Aquellos que tengan menos de 100 metros podrán elegir si se trata de un
establecimiento para fumadores o no y deberán indicarlo claramente en la
entrada. Respuestas rápidas a preguntas frecuentes El Comité Nacional
para la Prevención del Tabaquismo ha elaborado una serie de respuestas rápidas a
las preguntas más frecuentes sobre la prohibición de fumar. Estas son:
- ¿Se pueden vender cigarrillos de chocolate? La
respuesta es no.
- ¿Un telepizza se considera un restaurante? La
respuesta es sí.
- ¿Se podrá fumar en el fútbol y en los toros? sí,
si no están cubiertas las gradas
- ¿Se podrá fumar en las casetas de la feria de Sevilla?
No.
- ¿Se puede fumar en tanatorios? No.
- ¿Y en la cafetería de la empresa? No.
- ¿Y en las comuniones, bodas, bautizos y banquetes?
Sí, si se contrata un salón de fumador y no hay menores.
- ¿Se puede fumar en la cabina del sex shop?
No
- ¿Ante quién denunciar a un compañero que fuma?
Ante un superior y la inspección de su comunidad autónoma.
- ¿Se puede fumar en la cabina del camión?. No si el
conductor no es el propietario del vehículo. En caso de que lo sea si
podrá fumar sin ningún tipo de problemas.
- ¿Se podrá fumar en los balcones o patios de los lugares de
trabajo?. No
- ¿Podrán fumar las empleadas del hogar?. El Centro no tiene
aún una respuesta adecuada para ello. Las funciones laborales de estas
trabajadoras se llevan a cabo dentro de un ámbito privado y en general
los domicilios no están registrados como locales de trabajo.
- "¿Pueden un cliente o una
prostituta fumar en un burdel?", También existen dudas sobre este
punto
- ¿Y una prostituta en una
habitación de una casa de citas?. Por un lado, la habitación de
una casa de citas es un espacio privado, por lo que en principio se
debe poder fumar. Pero por otra parte, es el lugar de trabajo de la
prostituta, por lo que, como en todos los "centros de trabajo", está
terminantemente prohibido.
El Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo insiste que
desde el pasado domingo solo se podrá fumar con total seguridad
en la calle o en zonas al aire libre.
Venta de tabaco
De acuerdo con las nuevas normas legales conseguir tabaco no será a partir de
hoy tan facil. El Ministerio de Sanidad estima que en total unos 40.000
establecimientos que hasta el momento disponían de autorización para la venta ya
no podrán seguir comercializándolo: se trata de los quioscos de prensa,
videoclubes, gasolineras, superficies comerciales o tiendas de alimentación.
Desde ayer día 1 solamente están autorizados a vender tabaco los estancos y
bares, restaurantes y demás establecimientos de hostelería donde se permita
fumar o a través de máquinas expendedoras debidamente autorizadas.
Según la ley, las máquinas expendedoras de productos del tabaco, sólo podrán
ubicarse en el interior de establecimientos en los que no esté prohibido fumar,
y en bares, restaurantes, hoteles y salas de fiesta y demás locales de
hostelería en los que se habilite una zona para fumar.
Además deberá incluir en la superficie frontal una advertencia sanitaria sobre
los perjuicios para la salud derivados del uso del tabaco, especialmente para
los menores y deberán incorporar mecanismos técnicos adecuados que permitan
impedir el acceso a los menores de edad, aunque para ello tienen un periodo
transitorio de un año.
La venta manual de puros podrá seguirse realizando en establecimientos
autorizados de hostelera.
Aeropuertos y estaciones de viajes
En los Aeropuertos y demás estaciones de viajes (Trenes, Autobuses...) los
pasajeros solo podrán hacerlo en los puntos de fumadores, en algunas salas VIP y
en aquellas cafeterías que lo permitan. La venta de tabaco se limitará a los
estancos y a las tiendas libres de impuestos si la estación cuenta con ellos.
En los aeropuertos, tanto AENA como Iberia permitirán fumar en las
salas VIP eso si en lugares específicos debidamente señalizados. Por su parte en
las de Spanair no estará permitido aunque se estudiará si en el futuro se
habilitan zonas especificas para los fumadores.
Por su parte, Renfe ha eliminado los espacios habilitados para fumadores
en los trenes cuyo tiempo de viaje sea superior a cinco horas. Hasta el pasado
31 de diciembre en esos trenes de larga distancia se permitía fumar lo que a
partir de ahora ya no será posible ni en el vagón cafetería o restaurante del
convoy. Celdas para fumadores
La ley tiene una aplicación especial en las prisiones, donde habrá celdas para
fumadores, excepto para internas con hijos, y los funcionarios podrán apurar un
pitillo en los espacios destinados a sus vigilados. La cárcel es un lugar de
trabajo para los funcionarios pero de residencia para los presos, por lo que la
aplicación de la nueva ley ha debido conciliar ambos aspectos.
Publicidad La nueva normativa prohíbe también toda clase de
publicidad, promoción y patrocinio de tabaco en todos los medios. En cuanto a
los patrocinios deportivos estos se verán beneficiados por una moratoria que se
extiende por tres años a partir del 1 de enero del 2006. En cuanto a los
estancos no podrán exhibir en sus escaparates ninguna publicidad que haga
referencia al tabaco. Sanciones Trabajadores: El
incumplimiento de la prohibición que establece la ley por parte del trabajador
en los lugares de trabajo se considera una falta leve previéndose sanciones de
entre 30 a 600 euros, pero si se acumulan tres infracciones leves, entonces se
convertirá en grave, y se sancionará con multas que van desde 601 euros hasta
10.000.
Establecimientos: Permitir fumar en los lugares en que existe una
prohibición total será considerado infracción grave.
En este caso las multas pueden alcanzar los 600.000 euros en caso de
transgresiones muy graves e incluso se podría llegar a la suspensión temporal de
la actividad del infractor y al cierre provisional de los establecimientos que
hayan vulnerado la normativa. |