El 27 de junio de 2002, el
Congreso de los Diputados españoles aprobó la LSSICE o "Ley de
Internet". Un texto destinado a combatir la cibercriminalidad
y el terrorismo, en la Red ibérica. Esta ley, minuciosamente
elaborada por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, incluye
artículos liberticidas, a los ojos de los usuarios de una Red
sometida a un mínimo de vigilancia. En efecto, obliga a los
proveedores de acceso a Internet a conservar los datos de las
conexiones, y del tráfico de sus clientes, durante un año al
menos.
Pero, gracias a la
introducción de una enmienda de la oposición, esos datos no
serán utilizados por los servicios de policía, o de
información, más que con el aval de un magistrado. Los
detractores del proyecto se sienten más decepcionados aún
porque esperaban que su impacto se edulcorase tras el examen
de los parlamentarios. El resultado final ha sido peor que el
texto inicial.
Especialmente en el caso del
almacenamiento de los datos de las conexiones, por los
proveedores de acceso. Así como en las modalidades prácticas
de esta retención generalizada, que no se han precisado, lo
que hace temer que se produzcan derivas.
Por otra parte, queda por
saber qué autoridad administrativa tendrá la posibilidad de
cerrar los sitios que "atenten contra una serie de valores". Y
todo ello, sin atentar contra la libertad de expresión. Una
libertad reconocida y defendida por la Constitución, cuyo
artículo 20 protege particularmente el derecho "a comunicar o
recibir libremente una información verídica, por cualquier
medio de comunicación".